SEGURIDAD SOCIAL
Aviso del SEPE: así es el "mini paro" de 500 euros que puedes cobrar indefinidamente
¿Tienes más de 52 años, estás sin trabajo y has agotado el paro? Si la respuesta es sí, debes saber que tienes derecho a cobrar el llamado 'mini paro'. Este subsidio se creó para atender las necesidades de las personas desempleadas mayores de 52 años, que conforman uno de los colectivos que más dificultades tienen para reincorporarse al mercado laboral. La solución que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece a todos aquellos que han agotado la prestación contributiva por desempleo, más conocida como el paro, es el subsidio para mayores de 52 años.
El subsidio para mayores de 52 años en desempleo es una asistencia, conocida como el 'mini paro' del SEPE, que proporciona un apoyo mensual de alrededor de 500 euros y puede otorgarse de forma indefinida, siempre que se cumplan unos requisitos específicos. Se trata de una ayuda enfocada a desempleados que tengan más de 52 años y que en el momento de solicitarla cumplan con los requisitos para jubilarse, a excepción de la edad. El importe mensual del subsidio para mayores de 52 años es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Pensión contributiva
Este subsidio se distingue de otros programas de ayuda, ya que tiene un carácter contributivo y cotiza para la pensión de jubilación. Puede percibirse hasta que se encuentre un nuevo empleo o hasta alcanzar la edad de jubilación.
Sin embargo, para mantener este beneficio a largo plazo, los beneficiarios deben cumplir con un trámite esencial: presentar la Declaración Anual de Rentas, comúnmente conocida como el certificado DAR. No debe confundirse con la declaración de la renta en Hacienda, ya que solo se presenta si el desempleado supera un límite de ingresos, dependiendo de si tuvo uno o varios pagadores durante el ejercicio económico anterior.
Declaración anual de Rentas
La Declaración Anual de Rentas debe presentarse anualmente a partir del inicio de la percepción del subsidio. Los beneficiarios tienen 15 días hábiles (tres semanas) para presentar el documento, ya sea online a través de la Sede Electrónica del SEPE, utilizando certificado digital, DNI electrónico o Sistema Cl@ve. Aquellos que no puedan realizarlo de forma online tienen la opción de enviar un formulario de pre-solicitud.
Para quienes prefieran llevar a cabo el proceso de forma presencial, es necesario solicitar una cita previa en el SEPE para presentar dicha documentación en persona.
Requisitos para acceder al mini paro para mayores de 52 años
El SEPE establece ciertas condiciones para aquellos desempleados de 52 años o más que desean acceder a este 'mini paro'. Estas condiciones incluyen estar inscrito como demandante de empleo, haber agotado la duración máxima de la prestación por desempleo, suscribir el compromiso de actividad, demostrar un periodo mínimo de cotización y mantener ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (actualmente en 810 euros) durante todos los meses.
Requisitos relacionados con la situación laboral:
- Encontrarse en situación de desempleo y comprometerse a estar buscando empleo de manera activa
- Llevar inscrito como demandante de empleo al menos un mes después de haber dejado de percibir la ayuda por desempleo
- No haber rechazado una oferta de empleo ni ningún tipo de formación o reconversión profesional durante ese mes
- No ser un trabajador fijo discontinuo
Requisitos relacionados con la cotización:
- Haber cotizado durante al menos 15 años, teniendo lugar dos de esos años dentro de los últimos 15
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral
También tienen derecho a este subsidio las personas mayores de 52 años que se encuentren en alguna de estas situaciones:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo
- Ser emigrante de vuelta en España habiendo cotizado, al menos, 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de nuestro país. Esta cotización debe haberse realizado en países fuera de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Además de lo mencionado, la persona no puede tener derecho a percibir la prestación por desempleo
- Ser liberado de prisión después de al menos 6 meses y no tener derecho a solicitar la prestación por desempleo
- Ser declarado plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial, después de haber superado la revisión de una incapacidad permanente
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo habiendo cotizado al menos entre 90 y 359 días
Cuánto es el mini paro del SEPE a mayores de 52 años
En 2023, el subsidio para mayores de 52 años corresponde al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Esto se traduce en un importe mensual de aproximadamente 480 euros, por lo que a menudo se denomina como el 'mini-paro' del SEPE.
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