El aval de la hipoteca para jóvenes del Gobierno: requisitos para acceder a la ayuda

El ICO facilita el acceso a una hipoteca a más de 50.000 personas que, siendo solventes, no han podido ahorrar lo necesario para la adquisición de una vivienda ni emanciparse

El Gobierno pacta con la banca ampliar las ayudas a los hipotecados

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Para acceder a una hipoteca no basta solo con tener un trabajo y una nómina. Hace falta tener ahorros, al menos el equivalente al 20% del importe de la vivienda ya que, generalmente, los bancos conceden el 80% el valor de la vivienda.

El colectivo de los jóvenes es uno de los más desfavorecidos a la hora de acceder a un piso o casa en propiedad. Los bajos sueldos y el encarecimiento de los préstamos hipotecarios, aunque los mismos han comenzado a bajar, impiden que se hipotequen, aún teniendo ahorros.

Ante esa situación, los nuevos avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) aprobados por el Gobierno de España el pasado 13 de febrero consisten en una línea de 2.500 millones de euros para la compra de la primera vivienda a jóvenes menores de 35 años y a familias con menores a su cargo.

Una medida que pone en marcha el Gobierno de España y que sirve para ofrecer una solución a un problema complejo que necesita de instrumentos concretos para abordarlo, ya que no tiene una única solución, admite el Ejecutivo.

¿A quién va dirigada la ayuda para comprar una vivienda?

El nuevo aval del ICO facilita el acceso a una hipoteca a más de 50.000 personas que, siendo solventes, no han podido ahorrar lo necesario para la adquisición de una vivienda ni emanciparse.

El Gobierno destaca que medida no solo persigue facilitar el acceso a una hipoteca, sino también aliviar el mercado del alquiler en zonas tensionadas, con ciudades donde ya es más caro el alquiler que comprar.

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Cómo funciona el seguro por impago de alquileres y quién puede contratarlo. / C. E. P.

Requisitos y condiciones para solicitar el aval ICO

El decreto de avales ICO para viviendas destinados a los jóvenes establece los siguientes requisitos para beneficiarse de la ayuda:

  • Ser personas físicas y mayores de edad, con residencia legal en España, debiendo acreditarla de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo.
  • Los ingresos individuales no pueden superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble. Es decir, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno.
  • Dicho límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental el límite se podrá incrementar en un 70% adicional.
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  • El límite de patrimonio del avalado será máximo de 100.000 euros.
  • No podrán acogerse a esta línea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad, independientemente de la forma de adquisición de esta. No obstante, con excepción a lo anterior, sí podrán acogerse quienes cumpliendo los requisitos concurran en algunas de estas circunstancias:
  • El aval se podrá mantener dentro de los límites establecidos en el convenio siempre que sea la vivienda habitual del beneficiario/a, con la excepción de las circunstancias siguientes: separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de su titular o de las personas que formen parte de su unidad de convivencia.

¿A cuánto asciende el aval y cuál es el plazo para devolverlo?

Los beneficiarios del crédito ICO tendrán un plazo concreto para devolver el dinero.

  • El ICO avalará hasta el 20% del importe del crédito.
  • Si la vivienda adquirida dispone de una calificación energética D o superior, se podrá avalar hasta el 25% de este importe.
  • El plazo del aval otorgado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana a la entidad financiera y gestionado por el ICO será de un máximo de 10 años desde que se formalice la operación, con independencia de la amortización del préstamo. El 20% de aval del ICO en el préstamo dejará de estar avalado por el Estado pasado ese tiempo.
  • Durante este plazo, la vivienda deberá ser la residencia habitual de la persona avalada y su arrendamiento estará limitado a que concurran circunstancias que exijan el cambio de vivienda, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral u obtención de un empleo más ventajoso, entre otras análogas.
  • El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025, pero el convenio se podrá prorrogar dos años más.