Normativa laboral

Trabajo impone 3,5 millones de euros en multas a empresas por incumplir la ley de igualdad

La Inspección de Trabajo efectuó en 2023 un total de 12.206 actuaciones para supervisar que se cumpla la ley en materia de igualdad

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. / EP

Gabriel Ubieto

Casi la mitad de las empresas en España incumplen la normativa laboral en materia de planes de igualdad. Desde hace dos años todas las empresas de 50 o más trabajadores tienen la obligación de tener negociado con la representación legal de los trabajadores y registrado ante la autoridad laboral competente un documento escrito que recoja una serie de actuaciones en materia de paridad de género. Y el 45% de las sociedades formalmente inscritas en la Seguridad Social no cumplen correctamente con dicha obligación, según datos facilitados por el Ministerio de Trabajo a preguntas de El Periódico de Catalunya, del grupo Prensa Ibérica.

Incumplimientos que, si son detectados por la Inspección de Trabajo, son objeto de multas. Las cuestiones relativas a la paridad son una de las que primero miran los inspectores cuando se personan en las empresas. En 2023, según datos facilitados por la Inspección de Trabajo, la 'policía laboral' efectuó un total de 12.206 actuaciones vinculadas a materias de igualdad, ya fueren de planes de igualdad o de otras discriminaciones vinculadas. Y de estas se derivaron sanciones por valor total de 3,5 millones de euros.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, hizo público esta semana que, a raíz del polémico beso no consentido de Luis Rubiales a la futbolista de la selcción española Jenni Hermoso, la 'policía laboral' habia iniciado una serie de investigaciones en el mundo del futbol para certificar que los clubes y la federación cumplían con la normativa laboral en materia de igualdad.

Según la propia vicepresidenta, la RFEF y varios clubes de primera división han sido sancionados, como el Espanyol o el Europa. Si bien el Fútbol Club Barcelona -otro de los citados- ha emitido un comunicado en el que afirma no haber sido sancionado, si no solo tener un requerimiento de la Inspección para que subsane irregularidades.

Sean clubes de futbol o empresas ordinarias, cualquier compañía de 50 trabajadores o más tiene la obligación de tener formalmente registrado ante la autoridad laboral un plan de igualdad. ¿Que es esto? Pues un documento que incluya, como mínimo, tres carpetas: un protocolo contra el acoso sexual en el trabajo, una auditoría retributiva -para medir si las mujeres de la empresa están cobrando más o menos que sus homólogos- y una serie de medidas para la promoción de la igualdad efectiva entre géneros.

No es suficiente con tener un plan de igualdad elaborado, sino que este debe estar obligatoriamente negociado con el comité de empresa de cada corporación. O, en su defecto, con una comisión ad hoc creada para ello. O, en su defecto, con los sindicatos más representativos en el sector. Además, tampoco sirve tener estos papeles elaborados pero guardados en un cajón, sino que es obligatorio registrarlos ante la autoridad laboral para que esta certifique cumplen con los mínimos requisitos de forma y contenido.

Todo ello solo lo han hecho 17.656 empresas en toda España, sobre un universo de 32.009 sociedades inscritas en la Seguridad Social y que afirman tener 50 o más empleados en plantilla. El incumplimiento de la normativa es generalizado, si bien se ha ido moderando desde los primeros años de vigencia de la norma. En 2020, cuando se aprobaron los reglamentos para desplegar la ley de igualdad, menos del 20% de las compañías cumplían.

Multas poco disuasorias

Carecer de un plan de igualdad debidamente registrado implica sanciones si un inspector de Trabajo lo acredita. La cuantía por carecer de registro formal es relativamente baja, especialmente para empresas de altas facturaciones. Según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), carecer de un plan de igualdad debidamente registrado puede suponer multas de 7.501 euros.

Sin embargo, si carecer de un plan de igualdad respondiera a una voluntad por parte de la empresa de ocultar una discriminación por razón de género o la compañía se opusiera reiteradamente a negociar un plan de igualdad, entonces el importe de las sanciones aumenta. El pasado noviembre la Audiencia Nacional impuso a la empresa Aspy Prevención S.L.U. una sanción de 73.000 euros por negarse a tener un plan de igualdad. Y le añadía 144,68 euros por cada día que tardara en negociar y registar formalmente su plan.

En el caso más extremo, la autoridad laboral podría llegar a imponer sanciones de 225.000 euros por un incumplimiento manifiesto, reiterado y grave de la ley de igualdad. Si bien estos supuestos raramente se dan y la 'policía laboral' suele quedarse en las franjas más bajas. En 2023 las actuaciones inspectoras llegaron a empresas que empleban a 224.695 trabajadores.

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