La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a diez años de prisión al hombre que mató a su sobrino a puñaladas la tarde del 11 de mayo de 2018 en la calle Don Quijote de Puerto del Rosario.

El magistrado de la Sección Segunda resolvió condenarle a la pena mínima establecida en el Código Penal por el delito de homicidio, después del veredicto del jurado popular que declaró culpable a Alfonso Pérez Álamo de matar a su sobrino Manuel Iván Jiménez tras asestarle dos puñaladas, una en el estómago y otra en la cara.

El fallo considera probado que el procesado tras cobrar la prestación de desempleo acompañado de la víctima, destinaron el dinero "a la adquisición de drogas y tras una noche de juerga" entre las 5.00 y 8.00 horas del 11 de mayo de 2018 acudieron a la casa dónde ambos residían en compañía de la hermana del acusado.

Seguidamente, en horas no determinadas, ambos comenzaron a discutir por 50 euros, la discusión se fue elevando de tono al punto de que los dos empezaron a empujarse y a propinarse golpes con la mano abierta. "En un momento dado, Manuel Iván Jiménez cogió un cuchillo de 20,5 centímetros de hoja que había en la cocina y se lo asestó al encausado en el estómago" lo que le ocasionó un leve hematoma y leve hemoperitoneo.

Acto seguido el cuchillo cayó y el procesado lo cogió "con la intención de acabar con la vida de su sobrino" y se lo clavó primero en el abdomen y después en la región izquierda de la cara, esta última le seccionó la parótida, le afectó la yugular interna y la carótida, además de una fractura de la mandíbula, lo que le causó un shock hemorrágico que derivó en la muerte de Jiménez.

Asimismo, la sentencia reseña que el condenado "al percatarse de la gravedad de lo sucedido" intentó socorrer a la víctima colaborando con su hermana y tía del fallecido, para taponar la herida mientras llegaba la ambulancia. Una vez que la policía llegó al lugar, el procesado confesó y narró lo sucedido "pidiéndoles que ayudasen primero a su sobrino porque estaba peor que él".

Finalmente, el procesado ha sido condenado a diez años de cárcel y a pagar una indemnización de 40.000 euros a la madre del fallecido. La sentencia aún no es firme por lo que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Canarias.