El Ayuntamiento abre el plazo del pago voluntario de impuestos municipales
Se extenderá desde el 5 de septiembre hasta el 5 de diciembre
Redacción
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha informado este martes de que el periodo de pago voluntario del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, de características especiales y naturaleza rústica; el impuesto sobre actividades económicas; la tasa por ocupación del dominio público mediante cajeros automáticos; la tasa por ocupación de suelo y vuelo en la vía pública con instalaciones publicitarias y tasa por prestación del servicio de recogida de basura y de residuos sólidos urbanos, correspondientes al Ejercicio 2013, se abrirá desde el próximo jueves 5 de septiembre hasta el jueves 5 de diciembre, ambos inclusive.
El pago deberá efectuarse en cualquiera de las oficinas de las entidades colaboradoras en la recaudación que aparecen en el documento que al efecto el Consistorio capitalino ha remitido a los domicilios de las personas incluidas en el padrón de cada tributo, así como a través de las redes de cajeros y páginas web de dichas entidades.
Aquellos contribuyentes que por cualquier causa no reciban el documento antes mencionado, deben dirigirse a la Oficina de Gestión Tributaria ubicada en la planta principal de las Oficinas Municipales de la Calle León y Castillo, 270. Para más información pueden consultar la página web municipal www.laspalmasgc.es, o llamar al 928 446293, 928 446985, 92844617, 9928 446778
Las deudas no satisfechas en el plazo señalado serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, conforme a lo prescrito en el artículo 69 del vigente Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio).
Domiciliación bancaria
Por otra parte, aquellos contribuyentes que deseen efectuar el pago de sus tributos de manera periódica, en años sucesivos, por conducto de entidades bancarias, cajas de ahorros, cooperativas de crédito calificadas, oficialmente registradas o en sucursales de las mismas, pueden domiciliar el pago por medio de dichas instituciones. En el caso de que desee domiciliarlo en alguna de las entidades colaboradoras en la recaudación puede solicitarlo a las mismas en el momento de realizar, en dichas entidades, el pago de los recibos de este año.
Asimismo, en el supuesto de que la entidad de depósito elegida para domiciliar el pago de dichos tributos no sea entidad colaboradora en la Recaudación, el trámite de domiciliación lo deberá efectuar en la Oficina de Gestión Tributaria, ubicada en la planta principal de las Oficinas Municipales de la Calle León y Castillo, 270, antes citada, o en las Oficinas de Distrito antes mencionadas.
La domiciliación de pago de los tributos de cobro periódico podrá ser igualmente efectuada mediante la página web municipal www.laspalmasgc.es
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