Baja por regla dolorosa: casi un millar de mujeres la han solicitado

"Si se está registrando un incremento progresivo, pero nada que ver con una avalancha de bajas como se llegó a decir", ha explicado un portavoz del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Desde la implementación el 1 de junio pasado de la medida adoptada en el marco de la reforma de la ley de Salud Sexual y Reproductiva, así como de la Interrupción del Embarazo, cerca de mil mujeres han solicitado incapacidad temporal debido a menstruaciones dolorosas en los primeros seis meses. Esta información ha sido confirmada por fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a Europa Press. Aunque la cifra ha experimentado un crecimiento gradual mes a mes, el ministerio aclara que no se trata de un aumento abrumador de bajas, como llegó a sugerirse.

Un portavoz del ministerio explicó que si bien hay un aumento progresivo, no se puede comparar con una avalancha de solicitudes, como se llegó a mencionar en relación con la medida impulsada por la exministra de Igualdad, Irene Montero. Algunos miembros del ala socialista del Gobierno anterior de Pedro Sánchez expresaron preocupaciones sobre el riesgo de estigmatización de las mujeres, argumentando que los dolores asociados a la menstruación ya eran motivo de baja sin necesidad de legislar específicamente sobre ello.

La reforma de la ley del aborto incorporó cambios en la Ley General de la Seguridad Social para reconocer como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas relacionadas con menstruaciones incapacitantes secundarias, así como la situación posterior a la interrupción del embarazo y el embarazo desde el primer día de la semana trigésima novena.

La normativa no establece requisitos específicos para solicitar las bajas, pero sí requiere la confirmación de la situación por parte del médico de cabecera, como en cualquier enfermedad común. Además, no especifica la cuantía de la prestación económica, si bien actualmente las bajas por contingencias comunes representan el 60% de la base reguladora desde el cuarto día hasta el vigésimo (inclusive), y el 75% a partir del día 21.

En el caso de las menstruaciones incapacitantes y la interrupción del embarazo, el subsidio se abona mientras el beneficiario se encuentre en situación de incapacidad temporal, sin establecer un número específico de días.