El TSJC desestima la petición de la defensa del caso Romina de anular las pruebas

El proceso continúa su desarrollo en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial tras entender el tribunal autonómico que no existió vulneración de derechos fundamentales al acusado durante la instrucción

El acusado de matar y descuartizar Romina Celeste, Raúl D. C., al salir de prisión en enero.

La Voz de Lanzarote

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación para anular la instrucción que presentó la defensa del acusado de asesinar a Romina Celeste Núñez la madrugada de Año Nuevo de 2019 en Puerto del Carmen, Lanzarote. Lo hace al entender que no se vulneraron los derechos fundamentales de Raúl D. C. durante ese proceso, por lo que ratifica el auto dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, a la que vuelve ahora el caso para continuar con su tramitación por la procedimiento del Jurado.

En el auto del alto tribunal autonómico, se rechaza la pretensión de la defensa de Raúl D. C., según la cual su cliente había visto afectado su derecho a la tutela judicial efectiva, a la defensa, indefensión, a un proceso justo y a la libertad. Además, señalaba que el proceso de instrucción seguido en Arrecife tenía irregularidades.

Romina Celeste Nunez

Romina Celeste Nunez / LP/DLP

La vista para resolver este recurso de apelación se celebró a finales de enero, en las primeras jornadas de la huelga indefinida convocada por los letrados de la administración de justicia (LAJ), sin la presencia de este funcionario judicial en la misma. Pese a que este señaló que el acto podía tener "vicios de nulidad", las partes decidieron seguir adelante en aras de agilizar un procedimiento que ya se había retrasado, hasta el punto que el pasado 13 de enero el acusado había salido de Tahíche al cumplirse el máximo previsto en la ley para la prisión provisional, cuatro años.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJC, bajo la ponencia de la magistrada Carla Bellini, estima que "ninguna irregularidad se aprecia" en el proceso que ha seguido el asunto hasta la fecha, y que todas las peticiones de las partes, sobre todo del Ministerio Fiscal para ampliar la instrucción al considerar que la investigación era complicada, se habían hecho en tiempo y forma. "Si ello fuera así entendido en otras instancias, tal proceder, pudiendo ser irregular, sin embargo no es motivo de nulidad por cuanto que ninguna indefensión le ha sido ocasionada al recurrente que ha podido defenderse de las acusaciones que contra él le han sido formuladas", reza el auto, al que ha tenido acceso este periódico.

Cronología del proceso judicial

  • 14 de enero de 2019: Se incoan diligencias

  • 14 de julio de 2019: Fiscalía pide una prórroga

  • 20 de agosto de 2019: Complejidad del asunto

  • 27 de noviembre de 2019: Procedimiento del Jurado

  • 2 de julio de 2022: No se admiten diligencias

  • 29 de julio de 2022: Nulidad de las actuaciones 

  • 29 de agosto de 2022: Apertura de juicio oral

  • 1 de diciembre de 2022: Niega cuestiones previas

La decisión judicial explica que la defensa pudo, en todo momento, interesar la práctica de prueba, que fue notificada de todo lo que fue aconteciendo en las actuaciones y que ha podido recurrir todo aquello que ha considerado contrario a sus intereses.

"Luego, será en el juicio oral cuando las partes podrán llevar dichas pruebas, o no, a la vista y será el Tribunal Popular quien decida acerca de la validez de las mismas, pues como ya hemos apreciado, todas las partes personadas en la presente causa han practicado prueba en fecha posterior al día 4 de agosto de 2019", insiste el alto tribunal autonómico. El TSJC afirma, por tanto, que el transcurso del plazo, en ningún caso, puede significar el archivo de la causa.

Cumple sus obligaciones

Raúl D. C., sospechoso de matar a Romina Celeste Núñez, descuartizar su cuerpo y tirarlo al mar en distintas zonas de la costa de Lanzarote, sigue localizado y ha cumplido con todas sus obligaciones apud acta, ordenadas por la Audiencia Provincial de Las Palmas, acudiendo a firmar todos los lunes en el juzgado del municipio madrileño donde reside, señalan fuentes del TSJC.

Y es que la Audiencia Provincial también decretó en el auto de puesta en libertad del marido de Romina, otras medidas: la obligación de notificar cuantos cambios de domicilio verifique, la prohibición de salir del territorio nacional, la retirada de su pasaporte y la prohibición de expedirle uno nuevo.