La Audiencia condena a penas de entre 36 y 42 años a cuatro personas por violar a una mujer en Puerto Rico

El tribunal ve la existencia de dos delitos de violación y tres como cooperador en una agresión con penetración para el líder del grupo, y para el resto un delito de violación y cuatro de cooperadores

Tendrán que indemnizar a la víctima con 15.000 euros

Los cuatro acusados por varios cargos de agresión sexual a una mujer en Puerto Rico, durante el juicio celebrado en su contra en junio

Los cuatro acusados por varios cargos de agresión sexual a una mujer en Puerto Rico, durante el juicio celebrado en su contra en junio / Elvira Urquijo (EFE)

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a penas de entre 36 y 42 años a cuatro hombres por haber violado en manada a una mujer de origen noruego en Puerto Rico, municipio grancanario de Mogán, la noche del 26 de febrero de 2021. De esta manera, al líder del grupo se el imponen 12 años por cada uno de los dos delitos de violación que se le imputan y seis años por cada uno de los tres de agresión sexual con penetración como cooperador. Mientras, para los otros tres, la misma pena por un delito de violación y seis años para cada uno de los cuatro de agresión sexual con penetración en grado de cooperadores. También tendrán que indemnizar a la víctima con 15.000 euros.

Pese a la contundencia de las penas impuestas por el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia, a todos ellos se les aplicará el límite máximo de cumplimiento de 20 años de prisión. También se les ha castigado con una prohibición de comunicación y orden de alejamiento a menos de 500 metros respecto de la víctima por tiempo de 18 años, así como otras medidas de libertad vigilada una vez cumplan la condena de privación de libertad.

Según la sentencia, que tuvo como ponente a la magistrada Mónica Herreras Rodríguez, el líder del grupo, A. L., se acercó a la joven mientras paseaba por un parque cercano a su domicilio en Puerto Rico, "le agarró por una de sus muñecas y le obligó a dirigirse contra su voluntad al lugar" en el que se encontraban esperando los otros tres procesados. Asegura que todos ellos se habían puesto de acuerdo previamente para "atentar contra la libertad sexual" de la víctima. "Uno a uno, se fueron turnando para penetrarle, vaginal y analmente, llegando a hacerlo en hasta dos ocasiones el procesado A. L.", detalla.

Uno de los acusados, A. L., durante su declaración ante el tribunal este miércoles

Uno de los acusados, A. L., durante su declaración ante el tribunal en junio / Elvira Urquijo (EFE)

Ahonda la resolución en que los cuatro hombres permanecieron juntos durante todo momento y que ello incrementó "la angustia padecida por la víctima, quien no pudo sino permanecer inmóvil en todo momento". Hay que recordar que durante el interrogatorio de la chica en el juicio, celebrado a finales de junio, las defensas insistieron en preguntar por qué no gritó para pedir auxilio, a lo que respondió que calló porque le parecía "más seguro" en ese momento.

Lesiones

Estos hechos, resume la sentencia, le provocaron a la joven cuatro hematomas digitiformes -con forma de dedos- en la cara interna del muslo derecho y otros tres en la cara interna del muslo izquierdo, así como otros tres en la muñeca derecha y uno más en la izquierda. También tenía un hematoma en la cara anterior de la rodilla izquierda.

Esta contundente pena se basa, sobre todo, en el testimonio "fiable" para el tribunal de la víctima durante todo el proceso. Entiende que su actitud durante el plenario "acredita un especial esfuerzo de objetividad y de precisión narrativa, descartándose al mismo tiempo cualquier intento de exageración o de sobrecriminalización del relato". Y, tal y como exige la jurisprudencia del Supremo, mantuvo un discurso "coherente y ordenado", sin observarse "contradicciones relevantes".

El acusado H. E. Z. declara, acompañado de su intérprete, ante el tribunal de la Audiencia Provincial

El acusado H. E. Z. declara, acompañado de su intérprete, ante el tribunal de la Audiencia Provincial / Elvira Urquijo (EFE)

Pero, más allá del relato de la mujer, su versión "se ve reforzada de manera decisiva por el resto de medios que conformaron el cuadro de prueba". Entre ellos el estado nervioso en el que se encontraba tras lo sucedido, referido tanto por su madre, que convivía con ella, como por los agentes de la Guardia Civil que intervinieron en las diligencias iniciales. También la existencia de lesiones que son "de todo punto compatibles" con que pudiera haber existido una relación sexual no consentida.

El ADN en las prendas y un WhatsApp

Los informes biológicos detectaron restos de semen en el lavado vaginal que se le practicó a la víctima unas 48 horas después de los hechos y un perfil compatible con una mezcla de ADN de dos personas, al menos una de ellas un varón que se identificó como A. L., líder del grupo. También en las prendas de la mujer, un vestido negro y un sujetador, se halló más ADN, en este caso de otro de los condenados, M. E. B., así como en el interior del sujetador, en esta ocasión de H. E. Z.

En cuanto al cuarto acusado, destaca la sentencia, se tiene en cuenta su participación en los hechos, pese a que no se obtuvo presencia de su material genético en las muestras analizadas, no solo por el testimonio de la víctima, sino también por el contenido de una serie de mensajes de WhatsApp que se enviaron desde su móvil. En ellos, "se mostraba feliz por haber cazado a una chica inglesa" y también hablaba de una "conejita".

Contra el presente fallo, cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Una de las defensas confirmó a este periódico que lo presentaría dentro del plazo legal establecido.