El fiscal rebaja la pena al relaciones públicas de una discoteca de Playa del Inglés que violó a una clienta

El encausado reconoce que agredió a la denunciante en una habitación del local y acepta una condena de cuatro años y ocho meses de prisión

El encausado A. H., de espaldas, reconoce los hechos ante los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

El encausado A. H., de espaldas, reconoce los hechos ante los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas. / B. M.

Benyara Machinea

Benyara Machinea

El juicio al empleado de relaciones públicas de una discoteca de Playa del Inglés que violó a una clienta durante el ejercicio de su profesión ha terminado en una conformidad entre las partes y en una rebaja de condena. La Fiscalía ha aceptado la propuesta de la defensa de rebajar la pena solicitada inicialmente, de doce años de prisión, a cuatro años y ocho meses, que se suman al periodo de un año y once meses que lleva el procesado en prisión provisional. En una breve vista oral ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, el encausado reconoció la autoría de los hechos, que tuvieron lugar en la noche del 30 al 31 de octubre de 2021.

El querellado A. H. trabajaba hace dos años en un club nocturno ubicado un centro comercial de San Bartolomé de Tirajana, donde trataba de promocionar el local y de darlo a conocer a los futuros clientes. En ese momento tenía 33 años y residía en Gran Canaria de forma irregular, sin antecedentes penales previos.

Una noche, cuando se encontraba en el interior de la discoteca, entabló conversación con una mujer que acudía por su cuenta para disfrutar de la fiesta. Tras unos minutos de charla, el encausado se ofreció a acompañarle a un "sitio más tranquilo", que resultó ser una habitación apartada, al fondo del club, donde se produjeron las agresiones sexuales.

Agresión sexual en el club nocturno

Todo empezó cuando el procesado, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales y a sabiendas de que con ello menoscababa la libertad sexual de la mujer, trató de besarla en reiteradas ocasiones, mientras ella se apartaba y se negaba a que tuviera lugar este contacto. "Ante la negativa, el procesado la empujó contra el sofá: la colocó boca arriba, le agarró fuertemente los brazos, le bajó las bragas y la penetró vaginalmente", refleja el escrito de acusación de la Fiscalía Provincial de Las Palmas.

La perjudicada denunció los hechos ante las autoridades policiales correspondientes. Los informes médicos reflejan que, cuando solicitó asistencia judicial, la víctima presentaba dos pequeñas erosiones superficiales y paralelas entre sí en el brazo derecho. La uña de su mano izquierda estaba rota y en los genitales externos -concretamente en el labio mayor derecho y en la horquilla- tenía dos pequeñas erosiones.

Ante estas evidencias, el procesado entró en prisión provisional el seis de noviembre de 2021, seis días después de agredir a la denunciante, y permanece privado de libertad desde ese momento. La víctima reclamaba por la vía judicial cuantas acciones civiles y penales pudieran corresponderle.

Las partes llegan a un acuerdo de conformidad y se descarta la posibilidad de una expulsión de España

La condena negociada por las partes firma la entrada de A. H. en prisión por menos de cinco años y deja atrás la opción que planteaba la fiscal en su escrito de que las penas de cárcel, en caso de ser avaladas por el tribunal, fueran sustituidas por la libertad condicional del encausado y por su expulsión del territorio español, al tratarse de un ciudadano nacido en Marruecos.

Otros puntos reclamados por la Fiscalía también se han visto modificados con el acuerdo de conformidad. Inicialmente la acusación pública solicitaba la inhabilitación absoluta del acusado durante un tiempo de condena de doce años, así como la aplicación de la medida de libertad vigilada por diez años. Pedía para el procesado su participación en programas de educación sexual durante ocho años.

Inhabilitación profesional

La Fiscalía también sumaba en su escrito una pena de inhabilitación especial para cualquier profesión en la que el acusado estuviera en contacto directo con menores de edad durante 22 años, así como la prohibición de establecer contacto con la víctima o aproximarse a ella, a su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por esta a una distancia inferior a 500 metros durante un periodo de 20 años. En cuanto a la responsabilidad civil, solicitaba una indemnización de 30.000 euros a la denunciante.

La fiscal ha mantenido una parte de estas reclamaciones, mientras que en otras ha modificado el tiempo de condena que solicita. Finalmente, su inhabilitación especial para ejercer alguna profesión en contacto con menores se mantendrá por 15 años, en lugar de 22, y no se podrá comunicar con la víctima durante 15 años, no los 20 que se pedían al inicio del proceso.