Absuelto tras denunciar ebrio el falso robo y choque de su vehículo en Canarias

Afirmó que una hora antes había dejado su vehículo en una calle con las llaves puestas, se lo robaron y que a continuación lo localizó a un kilómetro de distancia siniestrado y con múltiples daños

Absuelto tras denunciar ebrio el falso robo y choque de su vehículo en Canarias

Absuelto tras denunciar ebrio el falso robo y choque de su vehículo en Canarias

El Juzgado de lo Penal de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto a un hombre acusado de conducir bajo la influencia del alcohol y de presentar una denuncia falsa sobre el robo de su vehículo para encubrir un accidente de tráfico.

Los hechos se remontan a las 00.39 horas del 13 de julio de 2021, cuando el procesado se personó en las dependencias de la Policía Nacional de La Laguna.

En aquel momento afirmó que una hora antes había dejado su vehículo en una calle con las llaves puestas, se lo robaron y que a continuación lo localizó a un kilómetro de distancia siniestrado y con múltiples daños.

El primer delito quedó descartado porque en el momento de presentar la denuncia el policía que lo atendió no le realizó una prueba de alcoholemia pese a las evidencias de que estaba ebrio.

El segundo delito también fue descartado dado que efectivamente el suceso tuvo lugar y el hombre fue responsable o al menos víctima del siniestro.

Durante la vista, el procesado solo respondió a las preguntas de su abogado, Kilian Cabrera, y lo hizo para manifestar que aquel día se olvidó su móvil en la casa, por lo que cuando iba a coger el coche tuvo que dar la vuelta dejando las llaves puestas.

Al regresar vio que el vehículo no estaba y había un montón de gente mirando, entre ellos un policía local y un chico que aseguró haber visto todo lo ocurrido.

Posteriormente encontraría el coche a un kilómetro de donde había quedado abandonado tras chocar contra una señal de tráfico.

El agente que atendió al acusado cuando fue a interponer la denuncia manifestó que fueron dos las personas que llegaron a la comisaría, el procesado y otra más que se identificó como testigo, manifestando que no se conocían entre sí.

El agente aseguró que el denunciante presentaba síntomas evidentes de haber ingerido alcohol, como ojo vidriosos y un fuerte olor a bebida, mientras que el testigo dijo que había visto cómo el coche se estrellaba contra una señal y lo abandonaban dos personas.

El policía declaró que el acusado vivía en las cercanías de donde fue encontrado el coche y tanto el efectivo de la Policía Nacional que los atendió en comisaría como otros compañeros de la Policía Local coincidieron en calificar de “muy sospechoso” lo ocurrido.

En el interior del vehículo se encontraron muestras de sangre que parecían frescas y que se correspondían con dos personas, una mujer desconocida y otra de ellas del denunciante, de las que el perito no pudo concluir su antigüedad.

El testigo declaró durante la vista que estaba en un bar con terraza cuando oyó un choque y vio una furgoneta de la que salieron dos personas, sin concretar si eran hombres o mujeres, y que accedió a acompañar luego al denunciante.

En la sentencia se recoge que no hay prueba alguna de que el acusado fuera la quien conducía, tampoco de que un policía local viera el robo del coche que fue trasladado al depósito municipal, mediante una grúa.

El juez reprocha al agente que atendió al denunciante y que percibió síntomas de estar ebrio que no le realizara la prueba de alcoholemia y más aún cuando declararon que “todo les parecía sospechoso”, de manera que se descartó el delito de conducción temeraria.

Con respecto al de presentación de una denuncia falsa, también fue rechazada, al considerar que efectivamente fue el responsable del siniestro, pese a los argumentos contradictorios que surgieron durante el proceso.

Lo que no se aceptó fue anular la prueba de ADN dado que el acusado ha sido relacionado con múltiples y diversos procesos judiciales, en algunos de los cuales quedó absuelto y que en su momento no se solicitó la cancelación de los antecedentes penales.

La Fiscalía consideró al acusado como autor de un delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducción bajo la influencia de las bebidas alcohólicas, por lo que pedía una pena de 8 meses con multa de cerca de 1.500 euros y no poder conducir durante dos años y medio.

Además, por un delito contra la administración de justicia por simulación delictiva el Ministerio Público solicitaba otros 2.200 euros.