Los teldenses pagarán menos de contribución el próximo año

Por una casa de 150.000 euros se pagarán 75 menos

Las bonificaciones o exenciones deben solicitarse expresamente

Imagen de viviendas en el casco antiguo de Telde.

Imagen de viviendas en el casco antiguo de Telde. / Andrés Cruz

Los ciudadanos de Telde pagarán menos de Contribución a partir del próximo año después de que ayer el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas publicara la nueva ordenanza fiscal número 1 que regula el Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBI), que no recibió alegaciones durante el periodo de exposición pública reglamentario. 

De esta manera, el próximo recibo que se emita desde la empresa encargada de la recaudación en Telde, Valora, contemplará la rebaja del tipo impositivo acordada, lo que reflejará una reducción de la cantidad final. 

En concreto, la revisión a la baja de la fiscalidad realizada a principios de 2023 contempla la bajada del tipo impositivo en los bienes urbanos del 0,55 al 0,50%, mientras que en los de naturaleza rústica esta reducción es mayor, pasando del 0,60 al 0,30%. La aplicación de estos nuevos baremos hace que, por ejemplo, el recibo del IBI por una vivienda con un valor catastral de 150.000 euros sea, a partir de 2024, de 75 euros menos. 

Bonificaciones

Por otro lado, ordenanza fiscal que entra hoy en vigor recoge un amplio número de bonificaciones y exenciones que se recuperan después de que la Institución teldense se liberó a finales de 2020 del Plan de Ajuste aprobado en 2012, o que se incorporan por primera vez, como es el contemplado para las viviendas que se destinen a un alquiler social. 

En este caso concreto, los propietarios de los inmuebles que se acojan a esta opción recogida en el Real Decreto Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, se beneficiarán de una reducción del 95% en el recibo de la Contribución a partir de ahora. Con esta medida se pretende activar la bolsa de viviendas con precios asequibles para las personas con menor poder adquisitivo, aplicándole un precio de alquiler limitado por Ley. En este momento, en el municipio solo hay registrada una casa con estas características, si bien esta medida fiscal podría animar a otros propietarios. 

Las bonificaciones contempladas en la ordenanza oscilan entre el 50 y el 95%. En el primer tramo de descuentos, el que paga la mitad de lo habitual, se encuentran las viviendas de protección oficial durante los tres ejercicios impositivos siguientes a su calificación como tal por el Gobierno de Canarias; los inmuebles que dispongan de una instalación de sistemas para el aprovechamiento de la energía solar o de puntos de recarga para vehículos eléctricos. 

Por otro lado, se beneficiarán de una bonificación del 95% del recibo los inmuebles de los organismos públicos de investigación y de enseñanza universitaria; los que albergan actividades económicas declaradas de especial interés o de utilidad municipal; los destinados a uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jurídica (alquiler social), los que pertenecen a cooperativas agrícolas, entre otros. 

La Iglesia y el Estado no pagan

El documento expresa que los inmuebles propiedad del Estado, la Comunidad Autónoma y las administraciones locales que estén dedicados a la seguridad ciudadana y a los servicios educativos y penitenciarios, así como los del Estado afectos a la defensa nacional, no pagarán este impuesto. 

Tampoco pagarán los bienes comunales y los montes vecinales en mano común, la Iglesia Católica, Cruz Roja, las sedes de gobiernos extranjeros, consulados o diplomáticos o los que son propiedad de entidades sin ánimo de lucro. Entre otros, podrán solicitar esta exención aquellas viviendas que estén ubicadas en sitios o conjuntos históricos, con una antigüedad igual o superior a 50 años y estén incluidas en un catálogo de bienes históricos. 

La ordenanza especifica que «este beneficio fiscal tiene carácter rogado, por lo que el obligado tributario deberá instar la oportuna exención mediante la presentación de la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación acreditativa de la circunstancia que genere el derecho a obtener aquella». De igual manera, las personas que deseen beneficiarse de las bonificaciones tienen que solicitarlo expresamente para que se refleje la rebaja en los próximos recibos. 

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