La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acaba de hacer público un auto por el que prohíbe al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria organizar los mogollones del Carnaval en el parque Santa Catalina, en cumplimiendo de la sentencia del Tribunal Supremo de 22 de julio de 2002, en el mismo sentido.

Esta vez, el TSJC estima un recurso de súplica interpuesto por la comunidad vecinal del edificio Simón Bolívar, contra la negativa judicial a ejecutar aquella resolución de hace ahora casi diez años.

No obstante, los chiringuitos que se encuentran en la plaza del intercambiador no están afectados por este auto, según supo LA PROVINCIA/DLP de fuentes judiciales. El Ayuntamiento tendrá que determinar ahora lo que le afecta de esta resolución.