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El Tribunal Superior abre la vía a una indemnización a los dueños de El Confital

La Sala da dos meses al Ayuntamiento para que devuelva el uso de 50.000 metros del paraje a Confitalsa y evite así pagarles el valor que tenían los terrenos en 2004

El Tribunal Superior abre la vía a una indemnización a los dueños de El Confital

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) le ha dado un plazo de dos meses al Ayuntamiento de la capital grancanaria para que notifique a los propietarios de una parte de El Confintal la devolución del uso de una parcela de 50.000 metros cuadrados. En caso contrario, se verá obligado a pagar una indemnización millonaria por esos terrenos, que están situados frente a la playa, debajo del risco donde están las cuevas de Los Canarios. La cuantía de la indemnización la tendrá que determinar el tribunal, aunque fuentes municipales la han cifrado en cuatro millones frente a los 44,5 reclamados.

La sentencia de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, notificada ayer, reconoce a Confital Internacional S. A., dueña de los terrenos, el derecho a ser indemnizada por el Ayuntamiento en caso de que no le restituya el uso de la parcela, al considerar que la corporación incumplió el convenio firmado en 2004, por el que se comprometía a compensar a la empresa antes del 31 de diciembre de 2008 con 150.000 metros cuadrados de otros terrenos urbanizables del municipio.

La compensación por dicha parcela, situada donde estaba prevista la construcción de un hotel, fue el único fleco que quedó pendiente en el convenio urbanístico que firmó la exalcaldesa Pepa Luzardo, por el que Confitalsa cedió 380.000 metros cuadrados de otros terrenos en El Confital que son públicos desde 2004, tras compensarle el Ayuntamiento con otras parcelas, entre ellas una en la calle Pavía. Después de la firma del convenio, Luzardo eliminó en el Plan General de 2005 la posibilidad de urbanizar la zona.

Fuentes del Gobierno municipal señalaron que "los terrenos son de Confitalsa desde 2008", ya que el texto del convenio firmado establece que el incumplimiento del mismo lleva aparejada la vuelta automática del uso de los terrenos a los particulares. Lo que hará el Ayuntamiento, dentro del plazo establecido, añadieron, será notificar dicha operación.

El fallo estima parcialmente el recurso presentado por Confitalsa contra una sentencia del 31 de julio de 2012, que denegó a los propietarios su petición de indemnización por valor de 44,5 millones al Ayuntamiento, al que acusó de incurrir en responsabilidad patrimonial por el incumplimiento del convenio urbanístico.

La empresa apeló dicha resolución y la Sala la revoca en parte al considerar que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 no reconoció "el derecho de Confitalsa a la inmediata recuperación de la posesión de los terrenos litigiosos", un derecho "cuya materialización deberá hacer efectivo el Ayuntamiento en el plazo de dos meses. Caso de que ello deviniese imposible, Confitalsa tendría derecho a ser indemnizada" con una cuantía similar al valor que tenían los terrenos en 2004, cuyo uso era turístico hotelero en esa fecha, más los intereses correspondientes.

Fuentes judiciales señalaron que la cuantía debería ser determinada por el juez en ejecución de sentencia, en el caso de que el Ayuntamiento no notificase la devolución del uso de los terrenos en dos meses, y sostuvieron que en ningún caso se "devuelven derechos urbanísticos" a los que renunció Confitalsa. Fuentes del Gobierno local señalaron que tanto el Gobierno de Jerónimo Saavedra como el de Juan José Cardona ofrecieron parcelas a Confitalsa como compensación, pero ésta no las aceptó.

La sentencia, firmada por César García Otero, Jaime Borrás Moya y Francisco José Gómez Cáceres (ponente), cuenta con el voto particular de Inmaculada Rodríguez Falcón, que es contraria a reconocer a Confiltasa el derecho a una indemnización, ya que "ésta siempre retuvo el derecho de propiedad", pues el convenio establecía la recuperación "automática" del uso particular en caso de incumplimiento. La magistrada critica el reconocimiento del valor de uso hotelero, que no estaba consolidado en aquel momento, pero sus compañeros abren la puerta a la indemnización al considerar que el derecho de Confitalsa a recuperar la parcela tiene que ir provisto de valor económico.

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