Miguel Zerolo, imputado por el 'caso Las Teresitas', se está dando prisa para acreditarse ante el Senado como nuevo senador en representación de la Comunidad Autónoma junto a la conservadora Josefa Luzardo y el socialista Domingo Fuentes. El ex alcalde de Santa Cruz de Tenerife tiene previsto presentar hoy en Madrid la documentación exigida ante el Registro del Senado: el acta del pleno del Parlamento canario celebrado el pasado martes donde fue elegido para el cargo, un acta firmada ante notario donde promete el cargo y asume que acata la Constitución -un requisito que ya ha cumplimentado- y una declaración de sus bienes.

En la práctica habitual del Senado se asume que el cumplimiento de estos formalismos ya supondría que Zerolo, al igual que el resto de senadores de la Comunidad Autónoma, adquiriría plenos derechos en su condición de diputado de la Cámara Alta, incluido el aforamiento que conlleva que el proceso judicial de Las Teresitas salte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) al Tribunal Supremo, con el retraso del procedimiento que esto podría acarrear. Sin embargo, en los ambientes jurídicos también se respiraba ayer la idea de que esta plena asunción de los derechos no se completaría hasta que tomara posesión en acto oficial ante el Pleno del Senado, algo que ya no podría ocurrir hasta el mes de septiembre. Zerolo, sin embargo, acelera el paso aunque comente con la boca pequeña que la cuestión del aforamiento no le preocupa.

Con el paso cambiado

De cualquier modo, bien se produzca desde hoy o a partir de septiembre su aforamiento efectivo al Senado, la que ya no podrá en la práctica coger el paso de la causa será la jueza de la sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Carla Bellini, instructora hasta la fecha del 'caso Las Teresitas'. Zerolo, por su parte, parece agarrarse a la literalidad del artículo 12 del Reglamento del Senado, que indica que "para la perfección de su condición, los senadores electos y los designados por las Comunidades Autónomas" tendrán que "presentar la credencial dentro de los treinta días siguientes a su expedición" por el Parlamento, aunque dicho plazo se podrá ampliar en caso de enfermedad o imposibilidad física. No obstante, el artículo 11 del mismo Reglamento recoge que "tras la elección definitiva o tras las confirmación de la Mesa, los senadores deberán prestar juramento o promesa de acatamiento" a la Carta Magna española.