Cabildo

La Justicia tumba la petición de la alcaldía de Mogán de suspender el Fdcan

El juez sostiene que no es sensato parar 476 millones para tres cabildos y las universidades

Carmelo Ramírez y Antonio Morales en la presentación de los fondos Fdcan | | LP/DLP

Carmelo Ramírez y Antonio Morales en la presentación de los fondos Fdcan | | LP/DLP / LP/DLP

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria, ha desestimado la petición del Ayuntamiento de Mogán de que se suspenda de forma cautelar el Programa Insular de desarrollo socioeconómico de Gran Canaria, para su presentación al Fondo de Desarrollo de Canarias (Fdecan) para el período 2023/2027 o, de manera subsidiaria, que se le incluya en dicha programación.

El Ayuntamiento de Mogán presentó un recurso contencioso-administrativo en el que solicitaba una medida cautelar consistente en «suspender la tramitación del procedimiento iniciado por la Orden de 17 de enero de 2023, de convocatoria de programas y proyectos para la asignación de recursos en el marco el Fondo de desarrollo de Canarias (Fdecan) para el período 2023/27», así como «con carácter subsidiario, y solo para el caso de que fuera desestimada la anterior medida cautelar solicitada, acuerde adoptar la medida cautelar positiva consistente en incluir en el ‘Programa Insular de desarrollo Socioeconómico de Gran Canaria para su presentación bajo la modalidad de programa, al Fdecan para el período 2023/2027’, al Ayuntamiento de Mogán en la relación de Ayuntamientos que son beneficiarios finales de la subvención».

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria, Ángel Teba García, asegura en su fallo que, partiendo de la naturaleza jurídica de las órdenes como actos administrativos, no se observa la relación de instrumentalidad entre el acto impugnado y la Orden de 17 de enero de 2023, que se limita a convocar, para el período 2023-2027, el procedimiento de presentación de programas y proyectos para la asignación de recursos en el marco del Fondo de Desarrollo de Canarias (Fdecan), «sin que dicho acto incida en modo alguno en el contenido del dictado a su vez por el Cabildo de Gran Canaria, en cuya virtud el Ayuntamiento de Mogán queda excluido como beneficiario final de los fondos y sin que lo impugnado constituya ejecución del acto administrativo que se pretende suspender, en lo que al particular caso de la corporación municipal se refiere», expone.

Sostiene que la ponderación de intereses se decanta hacia el interés general, representado por el acceso de los fondos contemplados en la Orden de 17 de enero de 2023 por parte de los cabildos de Gran Canaria, El Hierro y Fuerteventura y las Universidades Públicas de Canarias, «no siendo ni sensato ni responsable paralizar una dotación que alcanza un total de 476.786.534 euros, lo que implicaría que se detuvieran durante largo tiempo la ejecución de numerosos proyectos que redundan en favor de la población canaria», recalca.

Y máxime cuando, como añade, no se observa la existencia de un peligro por la mora procesal que deba ser evitado mediante la estimación de la solicitud de medida cautelar por parte del Ayuntamiento de Mogán.