El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha trasladado a los juzgados de Madrid su batalla contra la venta a Saur, por parte de Sacyr, de un 33% de las acciones de la compañía mixta Emalsa, una operación que le ha dado el control de la compañía a la multinacional francesa y que, según asegura el alcalde Augusto Hidalgo, se hizo a espaldas del gobierno municipal, que ha presentado una demanda para anular el traspaso porque se ha vulnerado, entre otras cuestiones, el derecho de tanteo del consistorio.

Dos juzgados de lo Mercantil de Madrid, el número cuatro y el número siete, han admitido a trámite la demanda del Ayuntamiento capitalino, mientras la Audiencia Provincial de Madrid estudia el recurso que presentaron los servicios jurídicos de Las Palmas de Gran Canaria contra el archivo del caso por un tercer juzgado de Madrid: el Mercantil número tres. Este último alegó que el consistorio dejó vencer el plazo de diez días que tenía para impugnar la venta, tras la inhibición del Mercantil de Las Palmas.

Así lo aseguraron ayer el propio alcalde y la directora general de la Asesoría Jurídica, Felicitas Benítez Pérez, quienes reconocieron que es inusual que dos juzgados hayan admitido el caso, después de que un tercero lo archivara, y confían en que la demanda se unifique finalmente en un solo juzgado, cuando resuelva la Audiencia. Ambos niegan que el Ayuntamiento dejara pasar los plazos para personarse en Madrid, como asegura el Juzgado de lo Mercantil número tres.

En cualquier caso, Benítez sostuvo que los servicios jurídicos están “luchando a muerte, aunque no lo hemos tenido fácil,” para conseguir que se anule la fraudulenta trasmisión de acciones. “Estamos trabajando con la mayor seriedad y rigor”, destacó.

El Ayuntamiento presentó la demanda contra la operación a finales del año pasado año en el Juzgado de lo Mercantil número uno de Las Palmas de Gran Canaria, que admitió el recurso e incluso llegó a ordenar en enero pasado al auditor de Emalsa que desvelara el valor que tenían las acciones. Esto ocurrió cuando llevaba el caso el magistrado Alberto López Villarubia.

Las Palmas se inhibe

Sin embargo, el 8 de abril de este año, el juez Juan Avello Formoso emitió un auto en el que se inhibía en el caso, argumentando que el juzgado capitalino no es competente para llevar el caso porque todas las empresas demandadas (Sacyr, Saur España y las filiales Gestagua, Valoriza y Nuinsa) tienen su domicilio social en Madrid, tras admitir un recurso en ese sentido presentado por las compañías.

Así las cosas, el magistrado declara que la compraventa de acciones se tiene que analizar en la circunscripción de Madrid y emplaza a las partes para que “comparezcan ante el juzgado” de lo Mercantil de dicha provincia, “a quien por reparto ha correspondido el asunto en el plazo de diez días”.

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento reciben el pasado 29 de mayo un auto del Juzgado de lo Mercantil, número tres, en el que notifica que se le ha vencido el plazo de diez días para presentar la demanda, un auto que fue recurrido por el consistorio ante la Audiencia provincial de Madrid.

“Teníamos que esperar”, aseveró Hidalgo, “que nos dieran una cédula de emplazamiento en el juzgado de lo Mercantil de Madrid donde correspondiera, para personarnos, pero eso no ocurrió. Nosotros no nos podemos personar porque sí. Automaticamente recurrimos la resolución a la Audiencia Provincial de Madrid el vencimiento del plazo, porque la resolución va contra el ordenamiento jurídico”, en concreto, contra el artículo 152, apartado cuarto, de ”la Ley de Enjuiciamiento Civil en el artículo 152, porque no nos han dado lugar a hacer el emplazamiento”.

Felicitas Benítez aseguró que el Ayuntamiento envió en abril pasado la demanda al Decanato de Madrid y añadió que es este organismo el que establece, por turno, “el juzgado que corresponda” y lo notifica a las partes.

“Pero el emplazamiento nunca llegó. Cual es mi sorpresa cuando recibimos en abril el auto del Mercantil 3 en el que nos dice que procede a tener por no comparecida a la demandante, por no haberlo hecho en tiempo y forma”, explica la directora, quien aclara que, de inmediato, se recurrió el auto ante la Audiencia Provincial y al mismo tiempo volvimos a interponer la demanda ante el decanato de Madrid”.

La demanda cayó esta vez, prosigue Benítez, en el Juzgado de lo Mercantil número siete, que la ha admitido a trámite y ha solicitado más documentos al Ayuntamiento. La Audiencia Provincial aún no se ha pronunciado en relación con el recurso por el archivo del Juzgado número tres.

En medio de este insólito escenario, el Ayuntamiento recibió la semana pasada una notificación del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en la que daba cuenta de la aceptación de la demanda contra la venta de Emalsa y le concedía un plazo de diez días para que indicara la cuantía de las acciones traspasadas.

La única explicación que le ve Hidalgo a este último procedimiento es que la Audiencia Provincial le haya dado la razón al Ayuntamiento y haya encomendado el caso al Mercantil número cuatro. “Es algo que intuimos, porque no sabemos realmente “ por qué hay dos juzgados con procedimientos abiertos a raíz de la demanda del Ayuntamiento, después de que un tercero la haya archivado. Fuentes de los servicios jurídicos indicaron que “las personas que saben de Derecho lo flipan en colores con lo que está pasando” con este caso.

Además de hurtar al Ayuntamiento su derecho de tanteo en la compra del 33% de las acciones de Sacyr-Valoriza, los servicios jurídicos argumenta en su demanda que la operación incumple los estatutos de la empresa, que impiden que un único socio privado controle más del 49% de la empresa. Tras la venta, Saur, que tenía el 33% de las acciones, pasó a controlar el 66% de la compañía y el 34% restante pertenece al Ayuntamiento. Sacyr creó Nuinsa -con participaciones minoritarias de su otra filial Valoriza- y la vendió en un mes a Saur. Dentro de ese paquete de acciones que pasaron de Valoriza a Nuinsa estaba el 33% de Emalsa.