El juicio por los pagos a la empresa Tunera del 'caso Montecarlo' se aplaza a octubre de 2025

La ausencia de uno de los abogados de los acusados, el exconcejal del PP Lorenzo Lemaur, ha obligado al aplazamiento de la vista de este caso, en el que los procesados se enfrentan a penas de hasta seis años de cárcel

Efe/C. P. L.

La sección primera de la Audiencia de Las Palmas ha aplazado este lunes a octubre de 2025 la celebración del juicio del caso Montecarlo que se sigue contra cinco exconcejales de Arrecife y el exinterventor de Ayuntamiento por delitos de corrupción.

La ausencia de uno de los abogados de los acusados, el exconcejal del PP Lorenzo Lemaur, ha obligado al aplazamiento del juicio de este caso, en el que los procesados se enfrentan a penas de hasta seis años de cárcel

La Sección I de la Audiencia Provincial de Las Palmas sienta en el banquillo de los acusados al exinterventor municipal, Carlos Sáenz; los concejales en el momento de los hechos José Montelongo (Hacienda, PSOE), actual director de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias; Lorenzo Lemaur (Cultura y Barrios, PP); Isabel Martinón (Hacienda, PNL); Eduardo Lasso (Festejos, PIL) y Víctor Sanginés (Festejos, PSOE); al empresario Eduardo Ferrer y a los trabajadores municipales Miguel Ángel Leal, Blas Cedrés, José Nieves y Francisco Hernández. Ninguno de los ediles investigados ostenta cargos públicos en la actualidad.

Inicialmente, estuvo investigado en este mismo procedimiento el exalcalde Cándido Reguera (PP), pero con fecha de 9 de febrero de 2015 se dictó auto de sobreseimiento libre parcial debido a que murió en enero de ese mismo año. Reguera fue alcalde de Arrecife entre los años 2009 y 2012.

Este mismo juicio se aplazó en enero del pasado año por la huelga de letrados de la Administración de Justicia.

En esta causa, la última pieza del caso Montecarlo, se juzgan presuntos delitos de prevaricación, fraude y malversación de fondos públicos relacionados con pagos realizados a Tunera Producciones entre los años 2009 y 2012 por servicios, adjudicados de forma verbal y sin expedientes de contratación previos, que supuestamente se cobraron y no se prestaron. Según el escrito de acusación de la Fiscalía, esa situación colocó a la empresa "en una posición privilegiada y de cuasi exclusividad", en "perjuicio de la libre concurrencia".

De los 3,2 millones de euros que cobró Tunera Producciones en esos cuatro años, alrededor de 122.000 euros no constan como servicios realizados. El objeto social de Tunera Producciones es, entre otros, la compraventa de aparatos audiovisuales, la organización de encuentros sociales, la explotación y montaje de instalaciones eléctricas y la explotación de bares y cafetería.

Nuevo aplazamiento del juicio de la pieza Tunera del 'Caso Montecarlo'

Nuevo aplazamiento del juicio de la pieza Tunera del 'Caso Montecarlo' / Adriel Perdomo/Efe

Los encargos a Tunera Producciones estaban relacionados con el Proyecto de Apoyo al desarrollo de las acciones y programas de la Concejalía de Barrios del Ayuntamiento de Arrecife para estudio y contratación del mismo, el Proyecto de Apoyo al desarrollo de las acciones y programas de los Centros socioculturales de Arrecife, el Proyecto de apoyo y desarrollo de las acciones y programas de la Concejalía de Barrios, el Festival Malpaís y las fiestas de San Ginés.

Las penas que solicita la Fiscalía para cada uno de los acusados oscilan, dependiendo de los delitos, entre los seis y los tres años de prisión.

"Abonos a sabiendas de la ilegalidad"

Según el relato de la Fiscalía, “mediante el fraccionamiento de la facturación que se presentaba, la empresa creaba la apariencia de la legalidad de los supuestos servicios prestados y vinculados a las áreas municipales de Festejos o Cultura, y eran abonados por el Ayuntamiento a sabiendas de su ilegalidad, en cuantías cuya determinación sólo dependía del capricho del proveedor y de los responsables de la custodia de los fondos públicos, sin que conste que se acreditara por los responsables municipales el cumplimiento de los servicios en los términos que se facturaban, y sin que se pusiera traba alguna al abono de las cantidades reclamadas por la mercantil”.