Tribunales

A juicio la presidenta de una comunidad de vecinos acusada de apropiación indebida

El Ministerio Público sostiene que sustrajo más de 7.000 euros de los fondos comunitarios del edificio a lo largo de tres años

Ciudad de la Justicia de Las Palmas.

Ciudad de la Justicia de Las Palmas. / Juan Castro

Benyara Machinea

Benyara Machinea

La Audiencia Provincial de Las Palmas juzga este martes a la expresidenta de una comunidad de vecinos del barrio de Las Rehoyas, en Las Palmas de Gran Canaria, acusada de un delito continuado de apropiación indebida por sustraer más de 7.000 euros de los fondos comunes entre 2014 y 2016. La Fiscalía pide una pena de dos años de cárcel, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una indemnización de 7.075 euros a los denunciantes por el perjuicio económico ocasionado.

Los residentes del edificio depositaron su confianza en la encausada para ordenar las cuentas comunitarias de los propietarios durante, al menos, tres años seguidos. Entre sus tareas se encontraba convocar y presidir las juntas, demandar el pago de las deudas de los residentes o representar a sus vecinos en la ejecución de obras que afectaban a las zonas comunes o a la fachada del inmueble.

Sin embargo, el Ministerio Público sostiene que la acusada E. M. S., lejos de cumplir sus funciones y con la intención de incorporar cantidades ajenas a su patrimonio, dispuso para sí misma de 6.800 euros entre febrero de 2014 y abril de 2015. Con la aparente intención de no levantar sospechas, el escrito de acusación mantiene que libró 26 cheques contra la cuenta bancaria de la comunidad por cantidades de 150 a 500 euros cada vez.

Se quedaba con las cuotas

La Fiscalía asegura que "con idéntico ánimo y valiéndose de las mismas circunstancias", se apropió entre julio de 2014 y julio de 2016 de un total de 275 euros de las cuotas que abonaban en efectivo algunos comuneros. Los vecinos ingresaron dichas cuantías anuales con el fin de entregarlas a la cuenta de la comunidad, pero, según la acusación, la encausada no efectuó dicho pago y dispuso del dinero para su propio beneficio.