El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Arrecife ha desestimado la demanda de desahucio que había solicitado una empresa constructora contra un matrimonio de 89 y 87 años que vive en una de las seis viviendas que la Iglesia vendió a dicha empresa en 2006 con los inquilinos dentro. El Juzgado considera que la empresa no está legitimada para pedir el desahucio porque no es la propietaria de las casas, y le impone las costas del juicio.

El juez, Juan José Cobo Plana, considera, basándose en la escritura de compraventa, que la empresa tan sólo compró un solar a la Diócesis de Canarias. Señala la sentencia que “en la escritura pública se hace referencia a unas viviendas que están sobre el solar" y que la empresa "conoce su existencia" pero esas viviendas no son objeto de la compraventa, sin que tampoco se atribuya al comprador del solar ningún tipo de derecho (posesorio o de otra naturaleza) sobre las referidas viviendas.

Según la sentencia, “en la compraventa nada se dice acerca de quien sea el propietario de las viviendas, si es que existe tal propietario, ni se describen las características físicas ni registrales de las mismas”, así que considera que la empresa no sólo no es propietaria de las viviendas sino que, como los inquilinos viven en ella desde hace más de 50 años, la empresa “tampoco tiene la posesión mediata ni inmediata de la misma”.

Este matrimonio vive en esa casa, en el barrio de Argana Alta de Arrecife, desde hace medio siglo. Las viviendas se construyeron en un solar cedido por un particular a la Iglesia para familias con necesidades económicas. En 2006 la Iglesia vendió las casas a esta empresa por 360.000 euros con los inquilinos dentro, y ésta comenzó a solicitar el desahucio.

Ya se han celebrado cuatro juicios sobre otras tantas viviendas. El Juzgado número 3 ha estimado el desahucio solicitado por la empresa, en dos de ellos al estimar que los inquilinos no tienen un contrato que les habilite como arrendatarios o propietarios, mientras que en los otros dos casos se ha dado la razón a los inquilinos y no se concedido el desahucio.

LA VENTA

Antonio Perera, el párroco que negoció la venta de las seis casas, aseguró a ACN Press que se realizó dicha venta porque existía el compromiso escrito por parte de la empresa compradora, Juan Antonio Rivera S.L., de realojar a los inquilinos, y que también se les ofreció a algunos ocupantes de las casas la posibilidad de quedarse con las viviendas.

El párroco señalaba que a este matrimonio el comprador les ofreció la posibilidad de disfrutar de otra vivienda en usufructo pero que no quisieron, y que también se les ofreció adquirir la casa, y que a todos los inquilinos se les ofreció una cantidad de dinero por marcharse. Cuestionado sobre si es el comprador quien ha incumplido con ese compromiso escrito, el párroco señaló que los inquilinos “igual no le han dejado cumplirlo”.