Los técnicos de Dependencia avisan que el decreto genera desigualdad

Cuestionan que el silencio administrativo negativo vulnera la ley y puede «saturar» más a la Consejería y a los juzgados

Los técnicos de Dependencia avisan que el decreto genera desigualdad.

Los técnicos de Dependencia avisan que el decreto genera desigualdad. / La Provincia

El personal técnico del Servicio de Dependencia de las dos provincias canarias cuestiona el nuevo decreto que regula el reconocimiento de la dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema porque «no garantiza el acceso a este derecho en condiciones de igualdad». En un amplio documento de alegaciones al texto de la Consejería de Bienestar Social, los equipos de valoración y orientación advierten que imponer un silencio administrativo negativo si la Administración no contesta a las solicitudes en seis meses vulnera la legislación del procedimiento administrativo y puede provocar más complicaciones a los demandantes de las prestaciones, que se verían obligados a presentar recursos si no quieren quedarse sin opciones de lograr el reconocimiento del derecho.

«Entendemos que la Administración debe cumplir con su obligación de resolver en tiempo y forma y no trasladar a los ciudadanos las consecuencias de su dejadez en no hacerlo. Se recuerda que estamos trabajando con un colectivo especialmente vulnerable, que muchas veces no cuenta con el tiempo y el apoyo suficiente para hacer valer sus derechos ante la Administración», recogen las alegaciones en relación con este aspecto al considerar que un decreto no es la fórmula legal adecuada para modificar procedimientos que están recogidos en leyes superiores. La opción que ofrece la Consejería de recurrir si no se contesta a la solicitud en seis meses lejos de acortar plazos o solucionar problemas «satura aún más a la Administración y a los juzgados», advierte el personal.

Unificar procesos

Una de las claves del decreto es el de unificar el procedimiento en un único acto para evitar duplicidades y ahorrar tiempo, con el fin de reducir el plazo de valoración y realización del Programa Individual de Atención (PIA). Los representantes del personal técnico valorador relativizan esta medida al considerar que supone un «desgaste» tanto para el solicitante y su cuidador como para el técnico al tener que dedicar a la visita domiciliaria más tiempo que la media actual. También se cuestiona el triaje, es decir, que sea el personal sanitario el que haga una primera criba de las solicitudes al considerarse «ineficaz» ya que desperdigar las funciones no garantiza que se cumplan los criterios de objetividad, fiabilidad y equidad, entre otros.

Canarias adolece de una cartera de servicios que pueda absorber la demanda en el caso de una mejora de los tiempos de resolución. Canarias arrastra un déficit de más de 9.000 plazas de atención sociosanitaria, es decir, de centros de día y residencias. El II Plan de Infraestructuras Sociosanitarias de Canarias se ha prorrogado en varias ocasiones y sufre una demora importante. Sin embargo, una de los puntos del decreto es priorizar a los solicitantes que ocupan una cama hospitalaria para ofrecerles un recurso social.

Las alegaciones inciden en el crónico problema de la falta de personal con estabilidad laboral. «Se realizan contrataciones temporales a través de programas de carácter temporal y/o por acumulación de tareas, tratándose de un problema estructural y no coyuntural. En la actualidad la fase del Programa Individual de Atención (PIA) está íntegramente formada por personal de estas características (programas de carácter temporal). Este cambio constante de personal genera la necesidad, por parte del personal técnico y administrativo del Servicio, de repetir la misma formación a personal diferente, lo que se considera ineficaz e ineficiente», refleja el informe.

Uno de los puntos del proyecto de decreto que también se critica es que se pueda extinguir el derecho a la prestación aprobada en el PIA si no se ha hecho uso de ella en el plazo de un mes desde el reconocimiento. Para los técnicos valoradores «no se puede extinguir un derecho reconocido a la ciudadanía porque no se haya hecho efectiva la contratación de un servicio privado acreditado en el plazo de un mes. No podemos olvidarnos de la vulnerabilidad de la población con la que trabajamos y las múltiples casuísticas que hacen que las personas no hayan echo efectiva la prestación». Asimismo en varios puntos del extenso documento de alegaciones también se pone en cuestión las alusiones del decreto a los recursos privados tanto a la hora de solicitar su colaboración como que tengan la potestad de realizar el diagnóstico del dependiente si utiliza un recurso privado sin que el personal de la Consejería, que es el habilitado para ello por la ley, puede realizar el informe para saber en qué grado se encuentra la persona dependiente y las necesidades que requiere.

Aportaciones y sugerencias

Responsabilidad. Sin encomendaciones

Una de las principales propuestas del personal del Servicio de Dependencia de las dos provincias canarias es que sea la Dirección General de Dependencia la responsable exclusiva del reconocimiento de este derecho en las fases de valoración, elaboración del PIA y resolución «sin existir la posibilidad de encomendar estas funciones», como creen que abre la puerta el proyecto de decreto de la Consejería de Bienestar Social.

Informe social. Financiación municipal

Los técnicos consideran prioritario el informe social que deben emitir los trabajadores sociales de ayuntamientos, cabildos o residencias y para ello demandan dotar de este tipo de categorías laborales a los servicios sociales municipales y otras entidades públicas. También se reclama más financiación, como en diversas ocasiones han reivindicado los propios ayuntamientos.

Plazos. Información expresa

También se propone que cuando no fuera posible realizar la valoración por causas imputables a la persona interesada, el órgano competente efectuará la pertinente comunicación documental con la advertencia expresa de que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del procedimiento, de tal forma que el solicitante esté informado de los plazos con el fin de evitar la indefensión que creen los técnicos que se produce con la actual redacción del decreto.

Modificaciones. Cambios drásticos

El personal técnico advierte que realizar «cambios drásticos» como los que pretende el actual equipo de la Consejería de Bienestar Social no se pueden realizar de la noche a la mañana en un servicio que atiende a personas vulnerables sujetas a muchas casuísticas diferentes. «No se debe entender que el procedimiento que en algunas comunidades autónomas parece funcionar, pero que no queda claro que garanticen la buena praxis de actuación y la seguridad jurídica, tenga que hacerlo en Canarias», subraya el documento.

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