Nuevo aviso del SEPE para los que realizan un viaje cobrando una prestación

El Servicio Público de Empleo Estatal ha querido resolver la duda 

Nuevo aviso del SEPE para los que realizan un viaje cobrando una prestación

Nuevo aviso del SEPE para los que realizan un viaje cobrando una prestación

En España, la Seguridad Social gestiona las diferentes tipos de ayudas que existen como las prestaciones, los subsidios o las rentas activas de inserción (RAI). En el momento de empezar a cobrar este tipo de prestaciones suelen surgir muchas dudas al respecto y desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) han querido aclarar si se puede viajar al extranjero y seguir cobrando. 

El paro, o prestación por desempleo, es uno de los derechos laborales que tienen los trabajadores cuando han perdido su empleo y han cotizado el tiempo suficiente a la Seguridad Social, como mínimo un año. Pero además, es necesario cumplir con otra serie de requisitos como por ejemplo residir y pagar los impuestos en España.

¿Qué pasa si viajo al extranjero?

El SEPE ha querido aclarar las dudas para todos aquellos que tengan planeado hacer un viaje largo al extranjero y cobren algún tipo de prestación contributiva. Y es que la decisión dependerá tanto del motivo como de la duración del traslado

  • En caso de que la estancia sea igual o inferior a 15 días naturales, durante cada año natural la prestación se mantiene.
  • Si la estancia es superior a 15 días y inferior a 90 días naturales, las prestaciones se suspenderán. Cabe señalar que es obligatorio avisar previamente al SEPE y esperar a la autorización.

En caso de que el traslado sea por motivos laborales y la estancia inferior menos de doce meses, la prestación se suspenderá, mientras que si supera el año natural, se extinguirá. En el caso de estar cobrando la Renta Activa de Inserción, y superar los seis mese continuados se suspenderá y si es superior se extinguirá.

Por tanto, viajar al extranjero no tiene porqué suponer una suspensión de las prestaciones contributivas siempre que la estancia sea inferior a las dos semanas. Además, se trata de un trámite que siempre es mejor comunicar al SEPE para evitar infracciones.

Multas del SEPE por no avisar del traslado

El paro se considera una prestación contributiva ya que se sostiene a través de las cotizaciones a la Seguridad Social. La cuantía depende tanto del tiempo trabajado como de las bases de cotización. El tiempo máximo que se puede cobrar la prestación por desempleo es de dos años, equivalentes a seis años trabajados, ya que por año cotizado corresponden cuatro meses de paro.

Por otra parte, el organismo también confirma los casos en los que el traslado es a un país de la Unión Europea o Suiza. Para seguir cobrando la prestación es necesario estar inscrito en las listas del SEPE como demandante de empleo durante al menos cuatro semanas. Una vez pasado ese tiempo se puede exportar la prestación durante tres meses, y se puede prorrogar otros tres.