Conducción temeraria en Canarias: más de 1.000 euros de multa y 6 puntos del carnet por querer hacer postureo
Un coche circuló con dos jóvenes con el cuerpo fuera y sentadas en las ventanas del vehículo en movimiento y transitando entre curvas
A pesar de las distintas campañas de la Dirección General de Tráfico (DGT) para concienciar a la población para una buena circulación, hay quienes todavía hacen caso omiso y no solo ponen su vida en peligro, sino la de restos de usuarios en la vía. Un ejemplo de esto es el último capítulo de conducción temeraria en Canarias.
Esto ocurrió la semana pasada, donde en un vídeo difundido en las redes sociales por el usuario @freakyman se mostró cómo dos chicas sacaban gran parte de su cuerpo por las ventanillas de un coche en marcha en la TF-12, la carretera que conecta San Andrés con las cumbres de Anaga, en Tenerife.
Este vídeo, que se viralizó al compartirse también por las distintas aplicaciones de mensajería instantánea, ha llegado a la Guardia Civil que investiga el caso.
El Grupo de Investigación y Análisis del Sector de Tráfico de Canarias (GIAT) averiguó que se trataba de un coche de alquiler que debía ser devuelto ese mismo lunes en el aeropuerto Tenerife Sur, por lo que efectivos acudieron a las instalaciones para esperarlas allí y proceder a su identificación.
La conductora, de 27 años, fue informada que se le investigaba por un supuesto delito contra la seguridad vial por conducción temeraria.
Multas y sanciones
En cuanto a las tres ocupantes, se le interponían multas por no llevar el cinturón de seguridad, así como a la conductora por circular sin que las ocupantes estuvieran sentadas, con una sanción de 880 euros.
En el Reglamento General de Conductores en el art. 3.1 se detalla: “Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía.”
Según la Ley de Seguridad Vial recoge la conducción temeraria como infracción muy grave, castigada con 500€ de multa y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
Para que la temeridad sea considerada como delito, debe ser “notoria, evidente y manifiesta”, como dice el artículo 380 del código penal: “El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas”.
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