Mensaje de la Seguridad Social a los padres con hijos menores de 26 años

El Servicio Público de Salud explica los casos en los que los jóvenes de menos de 26 años pierden un empleo

El aviso de la Seguridad Social a los padres con hijos menores de 26 años

E. S. G.

La Seguridad Social es la encargada de garantizar que todos los españoles tengan acceso a una sanidad pública. A veces, es normal que surjan dudas sobre la situación y por ese motivo la Atención Ciudadana del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha querido lanzar un mensaje a los padres con hijos menores de 26 años a raíz de un caso planteado. 

En concreto se plantea la siguiente situación: “Mi hijo menor de 26 años dejó de ser beneficiario de mi Seguridad Social al iniciar un trabajo, pero ya no trabaja”. Según la Ley General de la Seguridad Social, los hijos menores de 26 años que no se encuentren de forma activa en el mercado laboral, estarán dados de alta en los centros autonómicos de salud en un alta conjunta de la familia. Cuando los hijos entre 16 y 26 años se incorporan al mundo laboral, comienza un alta individual para los servicios sanitarios.

La respuesta de la Seguridad Social ha sido clara: “si la persona continúa viviendo contigo y a tu cargo, puede volver a tener asistencia sanitaria como beneficiario de la familia”. Es decir, cuando el hijo o hija menor de 26 deje de estar activo en el mundo laboral aparecerá dado de alta como beneficiario de la familia conjunta y no de forma individual. 

En cualquier caso, cualquier ciudadano español tiene derecho a la sanidad y la única diferencia radica en si el hijo está dado de alta de forma conjunta o individual, es decir, si aparece como beneficiario o como titular.

¿Cómo volver a ser beneficiario de la Seguridad Social?

Cuando los padres quieran volver a tener a los hijos como beneficiarios en la Seguridad Social después de haber estado como titular, deben llevar a cabo una serie de pasos. El primero es acceder a la sede electrónica del Servicio Público o al portal ‘Tu Seguridad Social’. Una vez dentro hay que identificarse con alguna de estas herramientas: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ave Pin. Después ya nos aparecerá la opción de volver a incluir a un beneficiario anterior.

Por otro lado, en el mismo portal también se puede comprobar el estado con la herramienta ‘Asistencia Sanitaria Pública: comprobación del derecho’. Si por el contrario deseamos hacer estos trámites de manera presencial, se puede acudir a la Seguridad Social, mediante cita previa.