La baja laboral por enfermedad común es uno de los casos de protección que contempla la Seguridad Social en España. Una de las dudas que suelen surgir a los trabajadores que se encuentran en esta situación es que día se cobra la baja por enfermedad laboral de la que se encarga el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Por norma general esta fecha suele realizarse por igual el mismo día todos los meses, aunque este puede variar dependiendo de si es festivo o fin de semana.

La Seguridad Social es la encargada de la protección de los ciudadanos ante situaciones de posible vulnerabilidad, como es el caso de desempleo, enfermedad o vejez. Entre sus funciones suele encargarse de las pensiones de jubilación, la pensión de viudedad y también de realizar el pago por baja laboral. En España, uno de los motivos más repetidos por ausencia de trabajo es por enfermedad común.

La baja laboral, también conocida como incapacidad temporal, se trata de un derecho reconocido por ley que permite a los trabajadores no ir a trabajar temporalmente debido a una enfermedad o un accidente que impide desempeñar sus tareas habituales de la forma correcta. Este período de ausencia es cubierto por la Seguridad Social, que proporciona una cuantía económica para que los trabajadores sigan teniendo ingresos  a final de mes.

Cabe recordar que, según la normativa actual de la Seguridad Social existe un máximo en el número de tiempo que se puede cobrar la baja laboral por una incapacidad temporal que es de 365 días, lo que equivale a un año. En el caso de superar este límite, el médico podría considerar prorrogar este periodo durante 180 días más en caso de que la enfermedad persista. 

¿Qué día se realiza el cobro por la baja laboral?

Por norma general, el INSS suele realizar el pago de la baja laboral por enfermedad común el último día hábil de cada mes. En algunas ocasiones puede suponer que este día caiga en algún festivo y en este caso la Seguridad Social adelanta el pago un día antes. Cabe señalar que, aunque en esta fecha es cuando se realiza el pago por parte de la Administración, no significa que las personas cobrarán en esta fecha la baja laboral, sino que se realiza el pago a las entidades bancarias.

En este caso, las personas que estén de baja suelen cobrar la baja laboral por enfermedad común a principios de cada mes vencido, ya que dependiendo del banco suele realizar la transferencia uno o dos días después.

El Gobierno de España aprobó el pasado mes de abril modificaciones en la forma de pedir la baja laboral. Hasta la fecha, eran los propios trabajadores quienes comunicaban a la empresa que el profesional sanitario consideraba que no estaban en condiciones de poder trabajar. Tras los últimos cambios, será la propia Seguridad Social quienes de forma telemática comunicarán a las empresas que el empleado no puede acudir a su puesto de trabajo.

Motivos por el que pueden retirarnos la baja laboral por enfermedad común 

La enfermedad común es uno de los motivos por los que no se puede acudir al trabajo y que permite la baja laboral de forma temporal. En este caso se contempla una enfermedad que no está directamente relacionada con el trabajo, pero que impide a la persona acudir a su puesto de trabajo. 

En algunos casos es posible que la Administración cancele el pago. El INSS explica cuáles son los principales motivos:

  • Que se supere el tiempo máximo de baja, es decir, de 545 días
  • Por jubilación: cuando a una persona se le conceda la jubilación por motivos que ya ha llegado a la edad y tiene los suficientes años cotizados, dejará de cobrar la baja laboral temporal. 
  • Por recibir el alta médica: en caso de que los profesionales sanitarios consideren que el trabajador ya puede volver a su puesto de trabajo, ya no se cobrará la incapacidad temporal. 
  • Que la incapacidad temporal derive en una incapacidad permanente o se inicie el proceso de su reconocimiento.
  • Por fallecimiento del trabajador.
  • No acudir a los reconocimientos médicos.