El juez anula la licencia del Cabildo a uno de los hoteles de Seaside en Pasito Blanco

El Patronato de Turismo de Gran Canaria concedió la autorización sin que estuviera terminada la fase de urbanización

Presentación en enero de 2020 de las maquetas de los dos hoteles que proyecta el grupo Seaside en Pasito Blanco.

Presentación en enero de 2020 de las maquetas de los dos hoteles que proyecta el grupo Seaside en Pasito Blanco. / Yaiza Socorro

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha anulado la licencia concedida por el Cabildo a la entidad Centro Helioterápico de Canarias para la construcción de un hotel de lujo del grupo Seaside en la zona de Pasito Blanco, en el municipio de San Bartolomé de Tirajana. 

En una sentencia del pasado 15 de noviembre, el magistrado Ángel Teba estima íntegramente el recurso interpuesto por el consejero insular Daniel Reyes contra la autorización turística previa otorgada el 18 de diciembre de 2019 por el Patronato de Turismo de Gran Canaria, lo que a su vez deja sin efecto los permisos concedidos con posterioridad por el Ayuntamiento sureño para la creación de un establecimiento hotelero de cinco estrellas en la parcela A, sector ST2, con 550 unidades alojativas y 1.104 plazas. 

El recurso contencioso-administrativo fue presentado por Daniel Reyes al entender que la autorización del Patronato de Turismo se concedió sin que estuvieran terminadas las obras de urbanización de ese sector de Pasito Blanco, lo que supone una infracción de la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias de 2013 y del Decreto sobre Estándares Turísticos de 2001. 

El Juzgado rechazó la demanda en primera instancia al considerar que el consejero del PP del Cabildo no estaba legitimado para impugnar esa licencia, pero éste recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que en una sentencia de enero de este año ordena al juez a dictar una resolución sobre el fondo del recurso que interpuso Reyes.

En el proceso aparece como demandado el Patronato de Turismo y como codemandados el Centro Helioterápico y el Ayuntamiento, que también son condenados a pagar las costas. Contra esta sentencia anulatoria cabe interponer recurso de apelación en un plazo de 15 días, que debe resolver el TSJC. 

La demanda la interpone el consejero insular del PP Daniel Reyes

En los fundamentos de derecho, el magistrado sostiene que el recurso «debe prosperar» y señala que «como bien sintetiza la letrada del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana en su contestación a la demanda, los motivos que sustentan la acción impugnatoria son los que siguen: que el otorgamiento de la autorización previa infringe el artículo 4.4 de la Ley 2/2013 y el artículo 21.4 del Decreto 10/2001, sobre estándares turísticos, toda vez que, conforme a unos informes que aporta, las obras de urbanización del sector ST2 (sector 5) no están terminadas; y que la autorización previa se ha otorgado en un ámbito para la implantación de oferta turística alojativa; que una interpretación literal y finalista del artículo 4.4 de la Ley 2/2013 impide simultanear obras de urbanización y edificación».

Además, apunta la sentencia, la propia letrada municipal «esgrime un dictamen del Consejo Consultivo de Canarias que viene a indicar que la obtención de licencias urbanísticas queda bloqueada hasta el efectivo cumplimiento de las obligaciones de gestión y ejecución urbanística».

Certificación

El Patronato de Turismo, resalta el magistrado, obtuvo certificación del Ayuntamiento de San Bartolomé «acerca de la terminación de las obras de urbanización donde se pretendía asentar el establecimiento hotelero para el que se recababa la autorización turística». Y dicha certificación «se sustenta en un informe técnico elaborado por el arquitecto municipal Antonio Santana Pérez, en fecha 10 de diciembre de 2019, en el que se afirma (tras referir que se han realizado cuantas visitas de obra se han entendido necesarias al lugar litigioso) que las obras de urbanización previstas en el proyecto de urbanización Primera Fase del Sector 5 Santa Águeda-Pasito Blanco han culminado». 

La resolución judicial hace referencia a un documento elaborado por Victoriano Pérez Hernández, en su condición de Jefe de Servicio del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, de fecha 21 de diciembre de 2019, «donde manifiesta su discrepancia con el informe que sirvió de base a la certificación antes referida por entender que las obras de urbanización del Sector de referencia no se encontraban culminadas».

Ese documento del Jefe de Servicio, relata el juez, «puede resultar más o menos controvertido», pero lo que «no despierta duda alguna» es el contenido del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 27 de diciembre de 2019 «donde se autorizó el proyecto de conexión a la red general de saneamiento de la urbanización del sector 5-A de Pasito Blanco en los términos presentados por la aquí demandada, Centro Helioterápico de Canarias». 

El informe del arquitecto municipal Antonio Santana fue cuestionado por otros funcionarios

En el informe jurídico para aprobar ese proyecto «se hace constar de manera expresiva» que las obras de conexión a la red general de saneamiento se ajustan a lo que son obras complementarias de Urbanización, recogidas en el artículo 55 del Reglamento de Planeamiento y Gestión Urbanística, en cuyo apartado 7 señala que dentro de las obras de urbanización se contemplarán red de alcantarillado para evacuación de aguas pluviales y residuales .

«Tal acuerdo municipal, no es baladí, fue adoptado por razones de urgencia y contradice frontalmente (amén de desvirtuar) el informe técnico de 10 de diciembre de 2019 que sirvió de base para expedir por parte del propio Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana el certificado acreditativo del cumplimiento del requisito del artículo 4.4 de la Ley 2/2013  de Renovación y Modernización Turística de Canarias (y del que se valió el Patronato para conceder la autorización turística)», recalca la sentencia.

Así, insiste, «las obras de urbanización no se encontraban culminadas el 10 de diciembre de 2019, hasta el punto de que hubo de autorizarse de manera urgente, días después, el proyecto de conexión a la red general de saneamiento de la urbanización del sector 5-A de Pasito Blanco y hubo de hacerse, precisamente, a instancia de la aquí codemandada Centro Helioterápico, circunstancia esta que desvirtúa todas sus alegaciones al respecto de la cuestión». 

El grupo turístico proyecta una inversión de 200 millones en dos hoteles de lujo

Por tanto, la resolución del Patronato de Turismo no es ajustada a derecho aún cuando ese organismo del Cabildo «desconociera dicha circunstancia y tuviera por bueno, como debía ser, la certificación municipal recibida en su día».

La compañía turística Seaside presentó en enero de 2020 las maquetas de los dos hoteles que pretende construir en Pasito Blanco, uno de cinco estrellas y 550 habitaciones y otro de gran lujo y 160 habitaciones, que anunció como «el hotel más lujoso y caro de las Islas Canarias, capaz de competir con la oferta de importantes destinos como Dubái, México o República Dominicana».

En ese acto, los directivos de Seaside se quejaron de que estos proyectos, que suponen una inversión de 200 millones de euros, llevaban más de una década paralizados en el Ayuntamiento