¿Qué pegatinas están prohibidas ponerlas en el coche?
Las únicas pegatinas permitidas en el parabrisas delantero o trasero, así como en las ventanillas del vehículo, son el distintivo medioambiental y los adhesivos de la ITV
En la actualidad, al considerar la adquisición de un vehículo, ya sea mediante compra, renting o leasing, las preferencias se centran en aspectos como el diseño moderno, el color e incluso la elección entre un vehículo eléctrico, híbrido o de combustión. No obstante, en épocas pasadas, era común y atractivo para los consumidores personalizar los automóviles de una manera diferente, utilizando pegatinas, adhesivos o vinilos para hacerlos únicos. Sin embargo, aquellos interesados en mantener esta tradición deben saber que algunas pegatinas para automóviles están prohibidas.
La personalización de un automóvil implica modificarlo hasta el punto de hacerlo único y distintivo. Por ello, muchos aún optan por colocar adhesivos en sus vehículos, ya sea por fines decorativos o como señales de advertencia, como los clásicos letreros de "bebé a bordo" que se ven en la parte trasera de algunos coches.
Es importante tener en cuenta que mientras algunas pegatinas están permitidas, otras no lo están, y la DGT (Dirección General de Tráfico) está atenta a esto. Excederse en la creatividad al decorar el vehículo puede resultar en sanciones, por lo que es fundamental revisar la lista de adhesivos permitidos y aquellos que podrían acarrear una multa.
La norma
El Reglamento General de Circulación establece las pautas para el uso de pegatinas en los vehículos, y específicamente en su artículo 19.1 se establece lo siguiente: "la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad clara del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos".
Las únicas pegatinas permitidas en el parabrisas delantero o trasero, así como en las ventanillas del vehículo, son el distintivo medioambiental y los adhesivos de la ITV. El Reglamento indica que estos adhesivos no deben obstaculizar la visibilidad, lo cual es un criterio subjetivo que deberá ser evaluado por los agentes de Tráfico en caso de inspección.
Pegatinas prohibidas
Pegatinas reflectantes o luminiscentes
Se considera que pueden reducir la visibilidad de otros vehículos que circulen por la vía.
Pegatinas de competición y eventos deportivos:
Exclusivas para vehículos de carreras durante competiciones, ya que fomentan el aumento de la velocidad.
Adhesivos en la matrícula del vehículo:
Dificultan el registro adecuado del vehículo en caso de ser necesario.
Pegatinas que obstruyan o dificulten la visibilidad del conductor:
Colocadas en ventanillas, parabrisas delantero o trasero, impidiendo la visibilidad a lo largo de la vía. Al igual que en el caso de la matrícula, la multa sería de 200 euros.
Sí se pueden llevar
La pegatina de la ITV y el distintivo ambiental de la DGT:
Ambos contribuyen al registro y clasificación por parte de los agentes, además de permitir la identificación de los vehículos que no cumplen con los requisitos legales de circulación.
Viñetas de telepeaje:
Algunos sistemas de telepeaje permiten a los vehículos suscritos al servicio circular sin necesidad de detenerse. Estas viñetas deben colocarse cerca del espejo retrovisor, en la parte central superior del parabrisas.
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