Indemnizado un hombre por “soportar” los ladridos del perro de su vecino

El vecino afectado pedía una indemnización de 60.000 euros por los daños físicos y psicológicos que había sufrido

Imagen de archivo

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C. G.

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha confirmado una sentencia que condena a un ayuntamiento por su falta de acción en un conflicto vecinal relacionado con un perro que ladraba sin parar. La persona afectada por los ladridos del perro de su vecino sufría insomnio y dificultades para trabajar y llevar una vida normal, y la falta de acción del ayuntamiento agravó su situación.

El tribunal ha ordenado al ayuntamiento que pague una indemnización de 3.000 euros al afectado, aunque este había solicitado una indemnización de 60.000 euros. El tribunal reconoce que los ladridos del perro han vulnerado la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad domiciliaria del afectado, pero rechaza que sean la única causa de su ansiedad.

También ha rechazado la confiscación del perro porque la vulneración de los derechos fundamentales del particular no se puede restituir a través de la confiscación, sino a través de una indemnización compensatoria. Según el tribunal, solo se podría confiscar al animal en el contexto de un procedimiento sancionador, como se establece en la Ley 4/1994 de la Generalidad Valenciana sobre Protección de los Animales de Compañía.

El vecino afectado pedía una indemnización de 60.000 euros por los daños físicos y psicológicos que había sufrido, pero solo se ha reconocido una indemnización de 3.000 euros. El tribunal no ha considerado que la ansiedad del afectado sea consecuencia directa y exclusiva de las molestias acústicas del perro, ya que los informes médicos no prueban de manera concluyente la relación causal entre las molestias acústicas y los trastornos físicos y psicológicos.

El TSJV ha destacado que las autoridades locales tienen la obligación de actuar en casos de molestias acústicas, ya que la Ley del Ruido establece que es responsabilidad de los ayuntamientos garantizar el derecho de las personas a la tranquilidad y a la salud. En este caso, el ayuntamiento no actuó con la diligencia necesaria para proteger los derechos del afectado.

Esta sentencia confirma que los ayuntamientos tienen la responsabilidad de actuar en casos de molestias acústicas y de proteger los derechos fundamentales de las personas. En caso de no hacerlo, pueden ser condenados a pagar una indemnización compensatoria a los afectados. Además, la confiscación de un animal solo se puede hacer en el contexto de un procedimiento sancionador, no como medida compensatoria.