Mercado inmobiliario | La carestía de la vivienda

Primer portazo de Bruselas a la petición de Canarias de prohibir comprar casas a los extranjeros

La Comisión Europea le recuerda al Gobierno regional el escasísimo margen de maniobra que deja la normativa comunitaria para restringir derechos

Sesión de la Eurocámara en Estrasburgo.

Sesión de la Eurocámara en Estrasburgo. / EFE

La Comisión Europea (CE) le ha dado un primer portazo al Gobierno de Canarias en su pretensión de poner límites a las compras de viviendas por ciudadanos comunitarios. Aunque en el Gabinete presidido por Fernando Clavijo saben de sobra las dificultades que entraña convencer a Bruselas para que permita una medida de ese tipo –supondría toquetear derechos casi inmutables–, en el Gobierno regional están dispuestos a batirse el cobre para conseguirlo.

El propio Clavijo insistió este martes en que «ha llegado el momento» de negociar con las autoridades europeas la limitación de las compras de casas por súbditos de terceros Estados miembros.

En realidad, la intención del Gobierno canario es que la limitación sea efectiva para todo ciudadano extranjero, pero como la gran mayoría de quienes adquieren un piso o una casa en las Islas son británicos y comunitarios, la medida quedaría descafeinada si la restricción solo imperase para los potenciales compradores del Reino Unido, lo que por otra parte tampoco sería sencillo implementar. El caso, por si todavía quedaba alguna duda, es que la portavoz de la CE en materia financiera, Francesca Dalboni, recordó este miércoles que la pretensión de restringir derechos en una parte del territorio de la UE exige «razones imperiosas de interés general».

Pancarta de la Fundación César Manrique en la manifestación del 20A 'Canarias tiene un límite', en Arrecife.

Pancarta de la Fundación César Manrique en la manifestación del 20A 'Canarias tiene un límite', en Arrecife. / La Provincia

Falta de vivienda

Hay que recordar que en el fondo de la cuestión están las enormes dificultades que sufren los canarios para comprar y alquilar una vivienda a precios razonables. Las casas que adquieren los extranjeros no son ni el origen ni el principal problema del mercado inmobiliario del Archipiélago, tensionado hasta el extremo por los muchos años que las instituciones se durmieron en los laureles y descuidaron la política de vivienda.

No obstante, llegados a un punto en el que sencillamente no hay oferta de pisos y casas, factores como el del alquiler turístico o este otro de las compras protagonizadas por foráneos agravan la situación, de ahí que la carestía inmobiliaria que padecen los canarios se colase entre las principales denuncias en las manifestaciones del 20 de abril por un cambio de modelo turístico. Manifestaciones que son la razón de que a las instituciones les haya entrado prisa en las medidas.

Choque con derechos comunitarios

Sin embargo, el objetivo de limitar las compras de viviendas por extranjeros choca de frente, como también recordó Dalboni, con principios y derechos básicos como el de la libre circulación de personas y de capitales por todo el territorio comunitario, algo que, además, está consagrado en el Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE).

Tal como informó Europa Press, la portavoz de la Comisión no quiso entrar al fondo de la intención del Gobierno canario: «No comentamos sobre casos específicos por la ausencia de información detallada». No obstante, Dalboni hizo hincapié en el artículo 63 del TFUE, que no solo prohíbe «todas» las restricciones a los movimientos de capitales entre Estados miembros, sino que también circunscribe la imposición de límites a ciudadanos no comunitarios a determinados supuestos, con lo que incluso se complica restringir la libertad de compra a los británicos. Aquí tienes más información sobre las declaraciones de Dalboni sobre la iniciativa de Canarias.

Solo cabe esgrimir, insistió la representante de la CE, «razones imperiosas de interés general reconocidas en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea». Y ello siempre que estas razones en modo alguno sean «discriminatorias». Deben ser «proporcionadas al objetivo perseguido, lo que significa que son adecuadas para garantizar, de manera coherente y sistemática, la realización del objetivo perseguido y no van más allá de lo necesario», subrayó Dalboni.

Una vivienda vacacional en la capital grancanaria.

Una vivienda vacacional en la capital grancanaria. / Juan Carlos Castro

Preguntas destacadas

¿Qué quiere Canarias?

  • El Gobierno de Canarias cree que «ha llegado el momento» de negociar con las autoridades de la Unión Europea (UE) el establecimiento de medidas extraordinarias para limitar en el Archipiélago las compras de viviendas por ciudadanos extranjeros.

¿Con qué objetivo?

  • Aunque las adquisiciones de inmuebles protagonizadas por súbditos de terceros países no son ni el origen ni el principal problema del tensionadísimo mercado canario de la vivienda, sí son un factor que en cierto modo agrava la carestía de casas y pisos que sufren los isleños. Así que la intención del Ejecutivo autonómico con su idea de prohibir o restringir las compras de viviendas por foráneos es una más entre las distintas medidas que se barajan para ir solucionando la crisis inmobiliaria.

¿Qué dice la UE?

  • El problema al que se enfrenta el Gobierno de Canarias es el mismo Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que en su artículo 63 deja meridianamente claro que «quedan prohibidas todas las restricciones a los movimientos de capitales entre Estados miembros». Es más, también «entre Estados miembros y terceros países», lo que ya de entrada obligará a hilar muy fino si al final se opta por restringir la libertad de compra a los británicos, que junto con los comunitarios son los principales protagonistas de las operaciones inmobiliarias que involucran a extranjeros. Es verdad que el artículo 64 del TFUE modula, por decirlo de algún modo, esa prohibición expresa del epígrafe anterior, pero todo aquello que suponga «un retroceso en el Derecho de la Unión respecto de la liberalización de los movimientos de capitales con destino a terceros países o procedentes de ellos» solo puede ser decidido por el Consejo Europeo previa consulta a la Eurocámara y siempre por unanimidad.

¿Hay excepciones?

  • Sí y no. Los países o regiones donde hay limitaciones en vigor las negociaron e incluyeron en sus respectivos acuerdos de adhesión, lo que no hizo España.

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