La jubilación anticipada, involuntaria o forzosa, brinda la opción de retirarse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria de jubilación a aquellos trabajadores que cumplen con una serie de requisitos. Para acceder a esta modalidad, la Seguridad Social requiere que la jubilación sea de manera involuntaria, por causas ajenas a las del trabajador en particular, como podría ser el caso de un despido. 

Según la ley actual en España, en el año 2023, la edad legal de jubilación es de 65 años para aquellos que hayan cotizado al menos 37 años y 9 meses. En caso de no cumplir con este requisito, la edad ordinaria de jubilación se establece en 66 años y 4 meses. Si bien es cierto que con la nueva reforma de las pensiones que ha entrado en vigor desde el mes de enero, esta edad se pretende retrasar hasta los 67 años en 2027

Es importante tener en cuenta que no todos los trabajadores tienen derecho a acceder a la jubilación anticipada forzosa, ya que esta modalidad está regulada por la disposición final 12.2 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto. Además, aquellos que sí que tienen derecho deben saber que existen una serie de coeficientes reductores que disminuyen el total de la pensión. 

Para conocer la cuantía que se cobra a través de una pensión de jubilación lo primero es saber si llega al número de años suficientes cotizados a la Seguridad Social: 15 años. A partir de esa fecha se cobra una pensión contributiva, en caso contrario se puede acceder a las no contributivas. Lo siguiente es saber la edad de jubilación, la bases cotizadas, los coeficientes reductores y la pensión máxima de jubilación que en 2023 está establecida en 3.059 euros al mes

Requisitos de una jubilación anticipada forzosa 

Lo primero que cabe señalar es que la jubilación anticipada involuntaria solo está disponible para aquellos empleados por cuenta ajena, es decir, autónomos y empleados por cuenta propia no tienen derecho a ella y solo pueden realizar una jubilación anticipada voluntaria, que permite la retirada dos años antes de la edad ordinaria. 

El requisito fundamental para que se pueda dar esta jubilación anticipada es que las causas que propician el fin de la actividad laboral en la empresa sean ajenas a la voluntad del trabajador, como puede ser un despido o el fin del contrato laboral. En ese caso se puede solicitar la jubilación anticipada forzosa a los 61 años, en caso de cumplir con los 37 años y nueve meses cotizados, o por el contrario a los 62 años y cuatro meses.

Cuantía de la jubilación anticipada involuntaria 

El cálculo de la base reguladora es un elemento fundamental en el proceso de determinar la pensión de jubilación. Se obtiene mediante la media de las bases de cotización de los últimos 25 años del trabajador. Para ello, se toman en cuenta las bases de cotización de los últimos 300 meses y se dividen entre 350. La base reguladora se utiliza como base para calcular la pensión inicial del trabajador, y cuanto mayor sea el tiempo de cotización, mayor será el porcentaje de la base reguladora que conformará la pensión de jubilación.

Para recibir el 100% de la base reguladora, se requiere haber cotizado durante 37 años y 9 meses. En caso contrario, se comenzará con un 50% de la base reguladora y los 15 años cotizados. A partir de ese punto, se irá sumando un 0,21% por cada uno de los siguientes 49 meses cotizados y un 0,19% por cada uno de los 209 meses siguientes a partir de lo mencionado anteriormente.

Jubilación anticipada voluntaria

Por otro lado nos encontramos con el supuesto que un trabajador quiera terminar su etapa laboral de forma voluntaria. Según las disposiciones de la Seguridad Social, existe la posibilidad de adelantar la edad de jubilación en 24 meses, es decir, dos años antes de la edad de jubilación permitida. Si un individuo ha cotizado durante al menos 37 años y nueve meses a lo largo de su vida laboral, puede optar por jubilarse a partir de los 63 años. En caso de no contar con el número necesario de años cotizados, la edad de jubilación anticipada se establece en los 64 años y cuatro meses.

Muchos trabajadores eligen acogerse a la pensión anticipada, pero es importante tener en cuenta el requisito de tener al menos 33 años de cotización. Si se cumple con este requisito y la jubilación es voluntaria, se puede adelantar la edad de jubilación en dos años. En otras palabras, si se han cotizado los 37 años y nueve meses requeridos, se puede jubilar a los 63 años.

En resumen, las opciones de jubilación son las siguientes:

  • Jubilarse a los 63 años: es necesario tener cotizados como mínimo 37 años y nueve meses a la Seguridad Social.
  • Jubilarse a los 64 años y dos meses: esta opción se aplica cuando no se alcanza la edad requerida y se cumple con los demás requisitos de cotización.