Nueva condena al ayuntamiento por inactividad contra el ruido en Guanarteme

La jueza obliga al consistorio a indemnizar con 13.500 euros a tres vecinos afectados por los daños causados por el ocio nocturno entre Joaquín Costa y Guanarteme

Ocio nocturno en el entorno de la calle Joaquín Costa

Ocio nocturno en el entorno de la calle Joaquín Costa / José Carlos Guerra

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 ha condenado al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a indemnizar con 13.500 euros a tres vecinos de la zona de Joaquín Costa y Fernando Guanarteme, debido a la inactividad del consistorio a la hora de controlar la contaminación acústica que provocan los locales de ocio.

Esta sentencia se suma a otra emitida el pasado mes de julio, en la que se condenó al ayuntamiento a indemnizar a ocho vecinos de la zona con 24.000 euros por los daños y perjuicios causados por el ruido continuo

  Se trata de la tercera resolución condenatoria en el último año contra la inacción del ayuntamiento y su incapacidad para resolver el problema que causan los locales de ocio.

La primera sentencia, que tuvo lugar en noviembre de 2021 no contemplaba indemnizaciones, pero en ella el juez instaba al consistorio a adoptar las medidas de control necesarias para evitar o impedir la producción de ruido por encima de los niveles permitidos en las viviendas del entorno de los bares y terrazas de las calles Joaquín Costa, Isla de Cuba y Fernando Guanarteme.

La jueza ordena a la corporación que adopte medidas contra los locales ruidosos

En esta última sentencia judicial, emitida el pasado 16 de diciembre, la magistrada Sagrario Tovar de la Fe considera «suficientemente acreditado» que en la confluencia de las calles Joaquín Costa y Fernando Guanarteme, «se producen ruidos que provocan numerosas molestias a los vecinos, y en concreto a los demandantes, como consecuencia de la existencia de varios locales de restauración y ocio nocturno, así como de terrazas».

Esta circunstancia, añade, «se acredita con los informes periciales» aportados por los denunciantes, en los que se constata que se superan los niveles de ruido máximos permitidos» tanto en la ordenanza municipal como en el real decreto que desarrolla la ley del ruido.

El problema ha agravado el trastorno depresivo de una vecina de 72 años de edad

«Si bien», aclara la jueza, «el ayuntamiento ha tratado de desvirtuar conclusiones de los informes presentados por los actores, lo cierto es que los mismos se realizaron con aparatos homologados y revisados, tal y como consta en los propios informes periciales y ratificaron los peritos en esta vista».

Además, la resolución subraya que tanto por la reiteración de medidas que se llevaron a cabo durante 2019 y 2020, como por la existencia de múltiples denuncias previas y quejas de los vecinos, se ha acreditado que la existencia de los ruidos procedentes de los locale s y sus terrazas no es puntual, sino que es continúa y se incrementa durante los fines de semana».

Por ello, se «produce la vulneración de los derechos fundamentales» a la integridad física y moral, a la intimidad personal y familiar, así como a la inviolabilidad de sus domicilios. «No consta», afirma, «que el ayuntamiento haya realizado alguna actuación tendente a valorar la saturación acústica de la zona y a reducir las emisiones de ruidos, tal como reconoció el perito que elaboró el dictamen para el ayuntamiento». Tampoco «se ha realizado ningún tipo de valoración del impacto acústico que los locales y sus terrazas suponen en aquel lugar».

Entre los estudios periciales aportados figura el de una vecina de 72 años, que sufre un agravamiento de su trastorno depresivo recurrente con síntomas psicóticos, debido al elevado nivel de ruido que padece. Por ello recibe la máxima indemnización.

La jueza vuelve a instar al ayuntamiento adoptar las medidas necesarias para evitar o impedir la producción de ruido por encima de los niveles permitidos. 

Suscríbete para seguir leyendo