La Declaración de la Renta se presenta, generalmente, de forma individual, aunque el contribuyente puede optar por realizar el trámite individual o conjunto si forma parte de una unidad familiar.

De todos modos, es importante analizar si te conviene más presentar la Declaración de la Renta este 2024 individualmente o junto al resto de miembros de tu familia para ver de qué ventajas puedes beneficiarte si optas por una u otra opción.

Eso sí, debes tener claro que si eliges hacer la Declaración de la Renta conjunta solo puedes hacerlo teniendo en cuenta una sola familia y los miembros de la unidad familiar existentes a fecha de 31 de diciembre de 2023, ya que en este 2024 presentarás la declaración relativa al ejercicio fiscal de todo el año anterior.

Además, si tributas de forma conjunta ten en cuenta que deberás abarcar la totalidad de los miembros de tu unidad familiar.

Declaración de la Renta individual

La Agencia Tributaria deja claro que “si uno cualquiera de los miembros de la unidad familiar presenta declaración individual, los restantes miembros deberán utilizar este mismo régimen de tributación”.

La opción por presentar declaración individual o conjunta no vincula a la unidad familiar para ejercicios sucesivos.

Límites para declarar de forma individual

  • Ingresos anuales a partir de 22.000 euros, tanto los residentes en España como los que residen en el extranjero, pero que reciben sus ingresos procedentes de un pagador residente en suelo español.
  • Si la pensión de jubilación supera los 22.000 euros anuales, el jubilado está obligado a realizar la Declaración de la Renta 2024, aunque se trate de una prestación pasiva.
  • Rentas procedentes de dos o más pagadores que sumen más de 15.000 euros, siempre que los ingresos procedentes del segundo y siguientes pagadores superen los 1.500 euros.

Estos son los contribuyentes obligados a presentar la Declaración de la Renta 2024. C. E. P.

Declaración de la Renta conjunta

Al realizar la Declaración de la Renta conjunta sumas todas las rentas obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar.

¿A qué se denomina unidad familiar?

La Agencia Tributaria aclara lo siguiente:

En caso de matrimonio, la unidad familiar la forman los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:

  • Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de estos.
  • Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada. Tras la reforma del Código Civil también se incluyen los hijos mayores de edad con discapacidad sobre los que se haya establecido una curatela representativa por resolución judicial.

Si no existe matrimonio o en los casos de separación legal, la unidad familiar está formada por:

  • El padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otro y reúnan los requisitos señalados con anterioridad.

En las parejas de hecho sin vínculo matrimonial:

  • Sólo uno de sus miembros puede formar unidad familiar con todos sus hijos menores o mayores incapacitados judicialmente. El otro miembro de la pareja debe declarar de forma individual.

Cómo ratificar el domicilio fiscal para hacer la Declaración de la Renta 2023-2024

Si optas por declarar de forma conjunta se acumulan las rentas de cualquier tipo obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar.

Al presentar tu declaración por internet con Renta WEB si consignas los datos correspondientes a todos los miembros de tu unidad familiar, el programa te calculará la declaración más favorable.

Límites para declarar de forma conjunta

  • La cuantía del mínimo por contribuyente será de 5.550 euros anuales, con independencia del número de miembros integrados en la unidad familiar.
  • En declaraciones conjuntas se establece una reducción en la base imponible de:
  • 3.400 euros anuales para unidad familiar compuesta por matrimonios no separados legalmente, y los hijos menores o mayores incapacitados que convivan.
  • 2.150 euros anuales para unidad familiar monoparental compuesta por el padre o madre no casado, viudo o separado legalmente con los hijos menores, o mayores incapacitados, que convivan con él o con ella.

Archivo - Monedas y billetes de euro. EUROPA PRESS - Archivo

Características de la tributación conjunta

En la declaración conjunta se aplican las reglas de tributación individual, por lo que no se multiplican los límites en función del número de miembros de la unidad familiar.

Por otro lado, hay que considerar que las rentas de cualquier tipo obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar se someterán a gravamen de forma acumulada.

La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año.

Ventajas e inconvenientes de declarar de forma individual o conjunta

Declarar de forma individual o conjunta tiene sus ventajas, pero también sus inconvenientes.

IRPF: si eliges realizar la Declaración de la Renta de forma conjunta, al ser el IRPF un impuesto progresivo y al sumar los ingresos de todos los declarantes, la base imponible aumenta y el tipo de tributación también (entre el 19% y 47%), por lo que podría ser una desventaja la declaración conjunta:

  • Tramo 1: hasta 12.450 euros, el IRPF es del 19%.
  • Tramo 2: de 12.450 euros a 20.200 euros, el IRPF es del 24%.
  • Tramo 3: de 20.200 euros a 35.200 euros, el IRPF es del 30%.
  • Tramo 4: de 35.200 euros a 60.000 euros, el IRPF es del 37%.
  • Tramo 5: de 60.000 euros a 300.000 euros, el IRPF es del 45%.
  • Tramo 6: más de 300.000 euros, el IRPF es del 47%

Compra de vivienda o alquiler: la deducción por la compra o alquiler de una vivienda habitual solo se puede aplicar una vez por Declaración de la Renta, por lo que si esta se hace de forma conjunta se reduciría a la mitad el aprovechamiento de esa reducción.

Cómo deducir el alquiler de tu vivienda en la Declaración de la Renta 2023-2024

Compensación de rentas: la Declaración de la Renta tiene la ventaja de que con la misma se puede compensar las rentas del ejercicio fiscal entre todos los miembros de la unidad familiar, ya sea su suma positiva o negativa. Así se pueden compensar las ganancias y pérdidas patrimoniales, las bases liquidables negativas y también los rendimientos negativos del capital mobiliario.

Plazos para realizar la Declaración de la Renta individual y conjunta

Una vez presentada la declaración de forma individual o conjunta, solo puedes cambiar la opción si presentas nuevas declaraciones dentro del plazo de presentación. Finalizado dicho plazo, no podrás cambiar la opción de tributación para ese período impositivo.

Tanto si haces la Declaración de la Renta de forma individual como conjunta, existen los mismos plazos y a la hora de presentar la Declaración de la Renta este 2024, se debe realizar únicamente por Internet a través de Renta WEB:

Presentación de la Declaración de la Renta:

Si necesitas ayuda personalizada:

  • Por teléfono: cita del 29 de abril al 28 de junio por Internet o en los teléfonos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (servicio automático 24 horas) y 91 553 00 17 / 901 22 33 44 (atención personal lunes a viernes de 9 a 19 horas). La Agencia Tributaria te llamará del 7 de mayo al 1 de julio.
  • En las oficinas: cita del 29 de mayo al 28 de junio por Internet o en los teléfonos: 91 535 00 17 / 901 22 33 44 (atención personal lunes a viernes de 9 a 19 horas). La Agencia Tributaria te atenderá del 3 de junio al 1 de julio.

La Agencia Tributaria ofrece estos servicios a los contribuyentes:

  • Con rentas del trabajo hasta 65.000 euros anuales o rentas del capital mobiliario hasta 15.000 euros anuales.
  • Con actividades económicas en estimación objetiva.
  • Con hasta dos transmisiones de bienes no adquiridos por herencia o donación.
  • Con alquileres (hasta dos inmuebles o dos contratos).

Varias personas en una oficina de la Agencia Tributaria. Europa Press

Plazos y fechas límites si la Declaración de la Renta 2024 te sale a ingresar

Si la Declaración de la Renta te sale a ingresar, podrás domiciliar el pago hasta el 26 de junio de 2024 o, en su defecto, obtener una carta de pago en el momento de su presentación que te permitirá ingresar el importe resultante.

A través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, podrás obtener un documento para su ingreso en la entidad colaboradora que deberás imprimir y acudir a una entidad financiera para realizar el pago.

Fraccionamiento del pago en dos plazos: cómo hacerlo

La Agencia Tributaria ofrece a los contribuyentes la posibilidad de fraccionar el pago, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria resultante de su Declaración de la Renta, en dos partes:

  • La primera, del 60% su importe, en el momento de presentar la declaración.
  • La segunda, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2024, inclusive.

Billetes de euros y una calculadora. C. E. P.

Si no realizas el 60% del importe de la deuda tributaria resultante de la autoliquidación, la Agencia Tributaria iniciará el periodo ejecutivo por la totalidad del importe a ingresar resultante de la autoliquidación.

Los contribuyentes que domicilien el pago del primer plazo podrán domiciliar el segundo plazo hasta el 30 de septiembre de 2024 y si no domicilian el primero podrán domiciliar el segundo hasta el 1 de julio de 2024.

En el caso de los contribuyentes que, al fraccionar el pago, no domicilien el segundo plazo en entidad colaboradora, deberán efectuar el ingreso de dicho plazo hasta el día 5 de noviembre de 2024, inclusive, mediante el modelo 102.