El sueldo neto mensual en la nómina de un trabajador se obtiene tras restarle al salario bruto las retenciones por las distintas cotizaciones a la Seguridad Social y el IRPF vigente (en función de su nivel de ingresos), además de tener en cuenta la situación familiar del empleado, por ejemplo, si tiene o no hijos a su cargo y personas con discapacidad.

El dinero que cada trabajador recibe en su cuenta bancaria cada mes por su trabajo se corresponde con el sueldo neto de la nómina.

La cantidad de sueldo bruto anual es la referencia para determinar qué tipo de retención de IRPF se aplica y al tratarse de un impuesto progresivo, cuanto más salario bruto recibamos, mayor será el porcentaje de IRPF a pagar.

La cantidad de IRPF a aplicar actualmente oscila entre un 19% y un 47%, y tal y como se ha explicado, depende de lo que cobras cada mes y las circunstancias personales, como el número de hijos o si tienes una persona con discapacidad a tu cargo.

El IRPF lo pagan los particulares que viven en España en un ejercicio determinado. Las rentas que tiene en cuenta el IRPF son las siguientes:

  • Rendimientos del trabajo: contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas, como por ejemplo los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo o las pensiones, según describe la Agencia Tributaria.
  • Rendimiento del capital: procedentes de bienes inmuebles rústicos o urbanos que no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el contribuyente y los que provengan del capital mobiliario.
  • Actividades económicas: por ejemplo, las relacionadas con la fabricación, comercio o prestación de servicios, incluidas las de artesanía, agrícolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcción, mineras, y el ejercicio de profesiones liberales, artísticas y deportivas.
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.

Una persona utiliza una calculadora. C. E. P.

Incremento del mínimo exento de IRPF en 2024

El Ministerio de Hacienda ha avanzado que incrementará el mínimo exento en el IRPF en 2024 para adecuarlo a la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tras el acuerdo entre el Gobierno de España y los sindicatos.

De ese modo, se evitará un impacto excesivo en las retenciones.

En 2023 el mínimo exento en el IRPF creció hasta los 15.000 euros anuales, que casi coincidió con el SMI, 15.120 euros al año. Con el aumento del 5% acordado para este año y que se aplicará con carácter retroactivo al 1 de enero de 2024, el SMI se situará en 15.876 euros.

Según Hacienda, el contribuyente que cobre el SMI tributará aún menos cuando se actualice la normativa del IRPF a la nueva subida del SMI.

¿Cómo calculo el IRPF con la ley actual?

Al ser el IRPF un impuesto progresivo, por lo que el porcentaje del tipo impositivo que se aplica a la base liquidable para conocer qué cuota debemos pagar, varía por tramos. Como los Presupuestos Generales del Estado de 2024 no han sido aún aprobados y están prorrogados los del año 2023, hasta este momento los tramos establecidos son los siguientes:

  • Tramo 1: hasta 12.450 euros, el IRPF es del 19%.
  • Tramo 2: de 12.450 euros a 20.200 euros, el IRPF es del 24%.
  • Tramo 3: de 20.200 euros a 35.200 euros, el IRPF es del 30%.
  • Tramo 4: de 35.200 euros a 60.000 euros, el IRPF es del 37%.
  • Tramo 5: de 60.000 euros a 300.000 euros, el IRPF es del 45%.
  • Tramo 6: más de 300.000 euros, el IRPF es del 47%.

Archivo - Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agencia Carlos Luján - Europa Press - Archivo

Hacienda aclara que el contribuyente no tributa por la totalidad de sus ingresos al tipo de retención más alto, sino que los porcentajes se van aplicando uno a uno, empezando por el inferior. Por ejemplo, si una persona ingresa 22.000 euros brutos al año, no paga por el IRPF el 30% de ese total, sino un 19% por los primeros 12.450 euros, un 24% de los siguientes 7.750 euros (segundo tramo) y un 30% por los restantes 1.800 euros (tercer tramo).

Estas retenciones se aplicarán para la campaña de la declaración de la renta que hagas en 2025, referida a la actividad económica del año anterior.

Cotizaciones de la nómina

En el apartado de cotizaciones de la nómina se engloban los pagos que hace el empresario a la Seguridad Social para cubrir las eventuales bajas por incapacidad, la futura pensión por jubilación y el seguro de desempleo, entre otros conceptos.